conflicto bancario

Un juez de Barcelona pide aclaraciones al Tribunal de Justicia de la UE sobre el IRPH

El Juez Francisco González de Audicana vuelve a acudir a la justicia europea por el caso que afecta al índice

Solicita aclaración a seis cuestiones sobre el tratamiento que los jueces deben aplicar en caso de nulidad

Asufin plantea al Tribunal Supremo que paralice todos los asuntos pendientes de resolución hasta que el TJUE vuelva a pronunciarse

Protesta frente a la Audiencia de Barcelona contra el índice IRPH.

Protesta frente a la Audiencia de Barcelona contra el índice IRPH.

Max Jiménez Botías

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El titular del Juzgado 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana, ha lanzado una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que sea más preciso en su interpretación sobre el uso del índice IRPH en las hipotecas. Se trata del mismo juez que elevó a Europa el asunto del IRPH en febrero de 2018. Audicana ha sometido esta semana al TJUE una nueva petición de decisiones prejudiciales, pidiendo más información ante las "diferentes interpretaciones" de los distintos tribunales nacionales y las "recientes sentencias del Tribunal Supremo", que apreció falta de transparencia pero no 'abusividad' en varias cláusulas IRPH analizadas.

En concreto, el juez ha formulado hasta seis cuestiones que considera que han quedado sin aclarar, como por qué la publicación en el BOE del índice "salva todas las exigencias de transparencia en cuanto al cálculo y composición del IRPH, incluida la obligación de informar al consumidor", o si resulta contrario a derecho europeo que, una vez declarada cláusula que incorpora el IRPH Cajas en el contrato, el juez lo sustituya por IRPH Entidades, "teniendo en cuenta que ambos se determinan por idéntico y complejo método de cálculo".

Definición completa

González de Audicana le plantea al tribunal que aclare si el profesional que impone un índice de implantación minoritaria como el IRPH en un contrato suscrito con un consumidor, debe incorporar al contrato la definición completa del mismo, tal y como viene recogida en las normas que lo regulan, o no le entregue, con anterioridad a la suscripción del mismo, un folleto informativo que recoja su anterior evolución .

Pide aclaración, asimismo, sobre si el hecho de que el IRPH Cajas se publique en el BOE salva las exigencias de transparencia en cuanto a la composición y el cálculo del índice, "incluida la obligación profesional de informar al consumidor contratante respecto a conceptos como tipo de interés, índice de referencia o tasa anual equivalente".

Intenta despejar si una vez se ha considerado que la cláusula IRPH no supera los criterios de transparencia exigidos, realizar un juicio posterior por "abusividad" puede ser contrario al derecho. Y, además, plantea si no proporcionar el dato objetivo de evolución del índice durante los dos últimos años hace que sea por sí misma un cláusula abusiva.

Pide aclaración también sobre el hecho de que cuando el juez entiende que un contrato no puede subsistir sin la cláusula relativa al tipo de interés declarada abusiva puede ofrecer al consumidor la posibilidad de optar por la nulidad del contrato o la integración del mismo.

En quinto lugar, el juez pide al TJUE que aclare si es posible que una vez declarada la 'abusividad' de la cláusula que incorpora el IRPH Cajas --que es el incluido en la demanda inicial que propició las primeras consultas al Tribunal de Luxemburgo-- esta podrá sustituirse por lRPH Entidades --nuevo índice oficial--, "teniendo en cuenta que ambos se determinan por idéntico y complejo método de cálculo".

Cláusula supletoria

Finalmente solicita respuesta sobre si cuando el juez nacional aplica un clausula supletoria para evitar la nulidad del contrato, debe condenar al banco a reintegrar al consumidor la totalidad de los detraído por la cláusula abusiva hasta el momento de sus sustitución o solo la diferencia entre "lo detraído en aplicación de la cláusula abusiva y lo que hipotéticamente hubiera cobrado de haber aplicado el tipo sustitutivo".

La asociación de consumidores Asufin se ha pronunciado este jueves instando al Tribunal Supremo a que paralice todos los asuntos pendientes de resolución hasta que el TJUE vuelva a pronunciarse, con el fin de evitar un "daño irreparable" para los afectados. "El Supremo no puede seguir despachando asuntos con el perjuicio que esto ocasionará a muchos afectados que no tendrán oportunidad de recuperar su dinero como así ocurrió con la cláusula suelo", ha señalado la presidenta de la asociación, Patricia Suárez. El Supremo ha decidido ya no admitir a trámite decenas de recursos de casación por el IRPH, tras las sentencias del pasado 17 de noviembre en las que señalaba que el índice no era abusivo.

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