nuevas relaciones laborales
Europa, dividida ante la regulación del trabajo en plataformas
La irrupción de aplicaciones como Glovo, Deliveroo o UberEats ha provocado reacciones diferentes en los estados europeos
Begoña Arce
Periodista
Rossend Domènech
Corresponsal en Roma
Corresponsal en Roma
Irene Casado Sánchez
Periodista
Irene Casado / Begoña Arce / Rossend Domènech
La irrupción de las plataformas digitales y sus efectos sobre el mercado laboral no es, ni mucho menos, un debate abierto solo en España. La presencia en casi todo el mundo de aplicaciones como Glovo, Deliveroo o UberEats, con la pretensión de implantar sus propios modelos laborales, ha provocado reacciones diferentes en países de toda Europa. Francia ha buscado legislar para garantizar unos mínimos dentro del marco del trabajo autónomo, en el Reino Unido los tribunales han avalado las prácticas de estas plataformas y en Italia tienen pendientes iniciar las negociaciones de una nueva legislación, siendo el caso que más tintes comparte con España.
Francia fija garantías para la autonomía
"Flexibilidad e independencia es lo que quieren los 'riders'”. Esta frase del portavoz de Deliveroo en Francia resume la realidad de los riders en el país galo: un horario absolutamente flexible a cambio de ejercer como autónomo. La Ley de Orientación para la Movilidad (LOM) regula la relación entre las plataformas de comida a domicilio y sus repartidores.
"Las compañías [...] comunican a los trabajadores, antes de cada servicio, la distancia necesaria para la prestación y el precio mínimo garantizado que recibirán, una vez deducidos los gastos de comisión", dicta la normativa. En función de esta información, los riders pueden elegir entre la oferta de entregas y también escoger sus franjas horarias de trabajo. En ningún caso, las plataformas pueden rescindir el contrato de un repartidor basándose en sus horas de inactividad.
La ley también ofrece a las empresas la posibilidad de crear una "carta social" específica "determinando [...] sus derechos y obligaciones, así como aquellos de los trabajadores con los que se relaciona”. Las condiciones específicas del ejercicio de la actividad, el precio de las prestaciones, la mejora de las condiciones de trabajo o la prevención de riesgos, son algunos de los elementos esenciales de dichos estatutos.
A pesar del carácter opcional de este tipo de regulación interna, una enmienda de la Asamblea Nacional, "recomienda a las plataformas que lo deseen a que se comprometan a mejorar las condiciones de trabajo […] de los riders, sin que estos compromisos representen un peligro para las plataformas […] ni puedan ser considerados como indicios con mira a la recalificación de la relación contractual con los asalariados". Es decir, a través de este tipo de estatutos internos, las plataformas pueden protegerse de futuras críticas y ataques judiciales por parte de sus repartidores en Francia.
El Reino Unido avala el modelo de autónomos
En el Reino Unido los repartidores de Deliveroo están considerados trabajadores autónomos, que emplean la plataforma digital para prestar sus servicios. Así lo dictaminó en diciembre del 2018 el Tribunal Superior de Londres, en respuesta a un recurso presentado por el Sindicato de Trabadores Independientes, que pedía el reconocimiento de una relación laboral y la calificación jurídica de trabajador para los repartidores.
Alcanzar un convenio colectivo les hubiera permitido negociar las condiciones laborales. El sindicato argumentó que negar esa relación atentaba contra la Convención Europea de Derechos Humanos. El Tribunal no lo consideró así y confirmó la sentencia previa el Comité Central de Arbitración, estableciendo que los riders no eran trabajadores de Deliveroo. Estos no tienen garantizado por tanto el salario mínimo, ingresos durante baja por enfermedad, vacaciones pagadas, o contribución al fondo de pensiones.
Deliveroo fue fundada en el 2013 en Londres. El pasado mes de agosto Amazon recibió la autorización para adquirir el 16% de la compañía, que en este periodo negro ha sido una de las beneficiadas con la pandemia. A principios de este año contaba con 25.000 riders en el Reino Unido. Actualmente está contratando 15.000 más. Desde el confinamiento en marzo, 11.500 nuevos restaurantes, con comida para llevar a casa, han solicitado sus servicios. También han firmado contratos con algunas de las más importantes cadenas de supermercados para repartir sus productos a domicilio.
Italia tiene pendiente empezar a negociar una nueva ley
El trabajo de los casi 30.000 'riders' de Italia no está aún regulado en ámbito nacional, a pesar de las numerosas huelgas y otros formas de protesta que han realizado. Este noviembre, plazo último indicado por el Parlamento, se abre una mesa en el Ministerio de Trabajo con las principales plataformas y los tres primeros sindicatos del país para negociar un convenio nacional como trabajadores subordinados.
Sin embargo, el pasado septiembre Assodelivery, que reúne las plataformas más conocidas para la entrega de alimentos a domicilio, se adelantó, firmando un acuerdo con UGL, cuarto sindicato del país, vinculado a la derecha. En el mismo los 'riders' son considerados autónomos. Era el primero del sector en Europa, pero Trabajo lo ha considerado como papel mojado, "porque es contrario a la ley". El ramo logística de CGIL, primer sindicato, análogo a CCOO, ha insertado los 'riders' en el convenio nacional como trabajadores subordinados.
El ayuntamiento de Bolonia ha puesto a la firma la "Carta de Bolonia", primer acuerdo metropolitano europeo, negociada con la patronal local y los sindicatos, que garantiza unos estándares mínimos copiados de los convenios colectivos vigentes.
Paralelamente dos comisiones parlamentarias han reconocido a los 'riders' derechos a sanidad, pensión, seguros, bajas por enfermedad y paternidad y la obligación de un contrato escrito, circunstancias todas ellas ya incluidas sucesivamente por el Gobierno en uno de los decretos sobre la pandemia actual. Anteriormente, el Tribunal Supremo ya había reconocido el carácter subordinado de los repartidores.
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