Fiscalidad

Seis efectos de la pandemia sobre la próxima declaración de la renta

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Rosa María Sánchez

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El colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda agrupados en Gestha destacan algunos efectos de la pandemia que podrían afectar al importe de la declaración de la Renta sobre el 2020 que se deberá presentar en la próxima primavera. El colectivo, en el que se encuadran los subinspectores de Hacienda, recomienda aprovechar la recta final del año para ajustar las retenciones fiscales de los contribuyentes que hayan recibido las ayudas puestas en marcha para paliar la crisis social y económica.

Trabajadores que están o han estado en ertes

Los contribuyentes que se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (erte), aunque cobren menos de 22.000 euros en total, tendrán que presentar la declaración de la renta y es probable que les resulte a ingresar. Gestha sugiere la conveniencia de solicitar a sus empresas un incremento de las retenciones sobre la nómina de diciembre para evitar sorpresas en junio de 2021.

Los técnicos aclaran que los trabajadores en erte que cobren menos de 22.000 euros en total no tendrán obligación de declarar si no reciben de otros pagadores más de 1.500 euros en el año. En caso contrario, el límite para declarar es de 14.000 euros con más de un pagador.

Se calcula que en la mayoría de los casos la percepción por los ertes no será motivo de retención debido a su escaso importe anual. Y a aquellos trabajadores con pocas cargas personales y familiares la declaración por el IRPF 2020 probablemente les resultará a pagar. Esto no quiere decir que los ertes aumenten la tributación en el IRPF. Es solo que como las retenciones serán menores es posible que la declaración resulte a ingresar.

Nula deducción por maternidad para mujeres en erte

Las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendiente podrán abaratar la cuota diferencial del IRPF hasta en 100 euros mensuales por cada hijo, siempre que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

Sin embargo, Gestha apunta que en el caso de erte, la trabajadora dejaría de cumplir los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad, salvo que realizara un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo. En esta misma situación se encontrarían las autónomas durante los meses en los que hayan tenido que cerrar su actividad.

Acuerdos con los inquilinos

Los técnicos advierten de que los acuerdos voluntarios alcanzados entre arrendadores e inquilinos para rebajar la renta por el estado de alarma y la posterior crisis tendrán incidencia en la declaración de Renta 2020, ya que el arrendador reflejará como ingresos durante esos meses los nuevos importes.

De igual modo, si ambas partes hubiesen acordado diferir el pago de la renta, también tendría incidencia en la declaración de Renta 2020. En concreto, Gestha detalla que el arrendador imputará los ingresos de estos meses en función de los nuevos plazos acordados. Además, debe tener en cuenta que seguirán siendo deducibles los gastos necesarios y que no procederá la imputación de rentas inmobiliarias, aunque no se perciban las rentas del alquiler.

Cuidado con las subvenciones

Las subvenciones o ayudas recibidas tendrán que declararse, como las recibidas para las actividades de los autónomos, o, entre otras, el ingreso mínimo vital, el Plan Renove para la adquisición de vehículos, subvenciones del Plan Estatal de Vivienda y otras de las Comunidades Autónomas, los préstamos subvencionados de la IDAE, las subvenciones a salas de cine, o las ayudas del Fondo Covid-19 distribuidas por las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla.

Además, estas subvenciones y ayudas públicas obligan a presentar la declaración de renta si las rentas inmobiliarias imputadas (por segunda vivienda o locales), rendimientos de Letras del Tesoro y demás ayudas públicas superan en conjunto los 1.000 euros anuales.

Empresarios en régimen de módulos

El cálculo del rendimiento para estos empresarios durante el estado de alarma no deberá computar como días de actividad los días naturales en los que ha estado declarada esta situación de excepcionalidad.

No obstante, Gestha apunta que hay actividades, en las zonas geográficas que han sufrido nuevas restricciones en esta segunda ola de la COVID, a las que probablemente se podría autorizar la reducción de los índices o módulos por circunstancias excepcionales de aquellos empresarios que no han renunciado a este régimen de módulos con el primer pago fraccionado de 2020.

Esta medida no afectaría a los que renunciaron a los módulos y tributan en el método de estimación directa en 2020.

Donativos contra el Covid

Los donativos al Tesoro Público para financiar los gastos ocasionados por la crisis sanitaria deducen en el IRPF un 80% de los primeros 150 euros donados, y un 35% a partir de esa cifra, porcentajes que se elevan desde el 1 de enero de 2020 también para todas las donaciones a ONGs y demás entidades beneficiarias del mecenazgo.

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