Empleo en pandemia

El Govern de Catalunya recomienda el teletrabajo, pero no puede sancionar

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Gabriel Ubieto

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Nuevo lío en el seno del Govern, esta vez con el teletrabajo de por medio. El 'conseller' de Treball, Chakir El Homrani, afirma que es obligatorio, su homólogo de Empresa, Ramon Tremosa, lo ha definido como "recomendable" y la portavoz del Ejecutivo catalán, Meritxell Budó, afirma que no disponen de cobertura jurídica para obligar a las empresas a implementarlo.

En la rueda de prensa posterior al Consell Executiu, Budó ha subrayado que el Govern "no tiene posibilidad de regular" el teletrabajo en el ámbito privado y ha reclamado al Estado las competencias para poder hacerlo. La 'consellera' ha insistido en que desde el Govern y desde el Procicat se insta a las empresas a que "promuevan y prioricen el teletrabajo".

"Todo el mundo tiene razón", ha manifestado, conciliador, el segundo de El Homrani, Josep Ginesta. El secretari general de Treball ha reconocido este martes en la rueda de prensa de los datos del paro que la Generalitat no dispone de competencias en legislación laboral, pero sí en cuestiones sanitarias y en materia de prevención de riesgos laborales. Pues la interpretación que realiza Ginesta es que las empresas están obligadas a priorizar el teletrabajo, en tanto que están obligadas a implementar todas aquellas medidas posibles para minimizar los contagios.

No impera, en consecuencia, sobre este supuesto un régimen sancionador particular o propio del ordenamiento laboral y será dentro del marco de Salut en el que se pudieran interponer sanciones. Es decir, si la empresa ya estaba cumpliendo con las prerrogativas en materia de prevención, la Generalitat no podrá sancionarla por más que no haya implementado el teletrabajo.

Compromiso compartido con patronal y sindicatos

El textual de las últimas resoluciones aprobadas por el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC) insta a las empresas a implementarlo, les exige que emitan un certificado de responsabilidad civil para sus trabajadores conforme se dirigen o vuelven del centro de trabajo, pero no habilita a la Generalitat a multar a las compañías que no hagan todo lo posible para que sus empleados ejerzan a distancia.

El cruce de declaraciones entre varios miembros del Govern, de partidos diferentes, se ha producido entre martes y lunes. El 'conseller' de Treball, Chakir El Homrani, ha declarado en una entrevista en RAC1 que el teletrabajo no solo es obligatorio en Catalunya desde la declaración del estado de alarma, sino que la Generalitat está facultada para sancionar a aquellas empresas que no cumplan con ello. Algo que no ha sucedido hasta ahora, y es que en el primer confinamiento la Administración (ni la central, ni la autonómica) tuvo competencias específicas para sancionar a una empresa que pudiera desplegar el teletrabajo y no lo hiciera. 

El Homrani se apoya en la resolución aprobada el 15 de octubre y refrendada en la noche del lunes por el Consell de Relacions Laborals (CRL), integrado por las patronales Foment del Treball y Pimec y los sindicatos CCOO y UGT. Esta hace referencia a "promover" medidas organizativas en las empresas para reducir la movilidad y "priorizar" el trabajo a distancia. También invoca la resolución del 25 de octubre que implementa las restricciones a la movilidad, como el toque de queda nocturno, y la obligación de las compañías de justificar documentalmente el trasiego por vía pública de sus plantillas. No obstante, ninguna de las dos faculta directamente a la Administración para sancionar la ausencia de teletrabajo; tal como coinciden en señalar diversos juristas consultados.

"Es recomendable", lo calificó en Catalunya Radio el 'conseller' de Empresa, Ramon Tremosa. Las resoluciones hasta ahora aprobadas apuntalan más esa definición, pues ninguna de las dos habilita específicamente a la Generalitat para evaluar a las empresas, establecer qué puestos de trabajo podrían desempeñarse a distancia y sancionar en el caso de que no se haga. Desde el Gobierno central se remitió a las autonomías una "Guía de actuaciones de respuesta coordinada", en la que se refiere al teletrabajo siempre en términos de recomendación. 

Teletrabajo para evitar otras medidas

El espíritu manifestado por todas las partes es el mismo: hay que reducir la movilidad. La Administración, apoyada por patronales y sindicatos, insta a las empresas a bajar el ritmo y evitar, en la medida de lo posible, todo desplazamiento para así contener los contagios. CCOO ha avisado, en este sentido, a las empresas que muestren recelos en implementarlo: esta medida puede "evitar otras medidas que puedan impactar negativamente en el tejido económico y en la ocupación de las personas trabajadoras", ha declarado en un comunicado. UGT también ha instado a las empresas a dar cumplimiento a lo pactado y ha cifrado en 1,6 millones de trabajadores los que podrían acogerse a esta modalidad. 

La patronal Foment del Treball ha hecho suyo el compromiso pactado en el Consell de Relacions Laborals, pero con matices. Pues la amenaza de sanciones no ha sentado bien entre las filas de la entidad presidida por Josep Sánchez Llibre. "El teletrabajo ha de ser promovido, pero no impuesto por obligación”, ha manifestado en un comunicado. "El Consell de Relacions Laborals describe pautas, pero no tiene obligatoriedad jurídica", ha añadido.