MEDIDAS TRIBUTARIAS

El Gobierno desempolva el proyecto de ley contra el fraude fiscal para recaudar 828 millones

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Rosa María Sánchez

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El Consejo de Ministros ha vuelto a aprobar este martes el proyecto de ley contra el fraude fiscal que prohíbe las amnistías fiscales, cuya tramitación parlamentaria decayó en febrero del 2019, por el adelanto electoral.

La norma, con la que Hacienda espera recaudar 828 millones de euros adicionales cada año, baja 2.500 a 1.000 euros los pagos en efectivo entre profesionales y empresas, introduce un mayor control sobre el uso de nuevas tecnologías, como las criptomonedas, y prohibe del software de doble uso, entre otras medidas.

Así lo anunció este martes la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde destacó que la lucha contra el fraude fiscal es una "prioridad" del Ejecutivo porque "no hay justicia social ni tributaria si algunos pretenden eludir sus compromisos y obligaciones que tienen el resto".

Desde el sindicato de técnicos de Hacienda Gestha, se subraya que el nivel de economía sumergida en España es un 65% mayor que la media europea, ya que cada año se evaden unos 31.800 millones en impuestos y cuotas a la Seguridad Social, según sus propias estimaciones. Desde el punto de vista de Gestha la principal medida de lucha contra el fraude fiscal pasa por un aumento de los efectivos de la Agencia Tributaria. Este sindicato calcula que con entre 15.000 ó 17.000 empleados más el fraude se podría reducir a la mitad

Listado de deudores

El proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal disminuye de un millón a 600.000 euros, el importe cuya superación conlleva la inclusión en el listado de deudores de la Hacienda Pública. El objetivo, según el Gobierno, es fomentar el ingreso de deudas por parte de los grandes deudores con la Hacienda Pública.

Asimismo, se incluye expresamente en la lista de deudores a la Hacienda Pública, junto a los deudores principales, a los responsables solidarios. Con ello se persigue que las implicaciones de aparecer en el listado alcancen en mayor medida a los verdaderos responsables de las deudas.

Criptomonedas

En relació a las monedas virtuales, el proyecto de ley incorpora la obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales, tanto situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles. De este modo, se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia. Además, se establece la obligación de suministrar información sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos, con criptomonedas.

También se introduce la obligación de informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior, sobre la tenencia de monedas virtuales en el extranjero.

Paraísos fiscales

Otra medida incluida en el proyecto de Ley es la actualización y ampliación del concepto de paraíso fiscal que pasan a denominarse jurisdicciones no cooperativas, término utilizado internacionalmente.

Así, en la lista de paraísos se incluirán, por ejemplo, los territorios que faciliten la existencia de sociedades extraterritoriales para atraer beneficios sin actividad económica real, o aquellos donde haya opacidad y falta de transparencia. También serán considerados paraísos fiscales los territorios con los que no se practique un efectivo intercambio de información sobre el titular real de los bienes o derechos, o donde exista una baja o nula tributación (hasta ahora sólo se incluía el concepto de nula tributación).

Sofware de doble uso

En relacion a los programas informáticos que permiten manipular la contabilidad, la nueva ley prohíbe su producción y tenencia.  Así, el proyecto de Ley exige que los sistemas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones.

Además se prevé la posibilidad de incluir especificaciones técnicas vía desarrollo reglamentario, incluyendo someterlo a certificación y se establece un régimen sancionador específico por la producción de estos programas o su tenencia sin la adecuada certificación.