El fondo estratégico podrá aportar un mínimo de 25 millones a las empresas que lo soliciten

Los directivos de las compañías que pidan las ayudas deberán renunciar a bonus o primas en su retribución

Aviones de Vueling y de Iberia, en el Aeropuerto Madrid-Barajas.

Aviones de Vueling y de Iberia, en el Aeropuerto Madrid-Barajas. / periodico

Max Jiménez Botías

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La empresas española que se acojan el fondo de ayuda para la recuperación de empresas estratégicas podrán acceder a un mínimo de 25 millones de euros y un máximo --sin concretar-- que no supere el patrimonio neto de la sociedad, que además deberá solicitar por escrito esas ayudas, según ha aprobado el Consejo de Ministros en las reunión de este martes. 

El plan de apoyo a las empresas que se consideran estratégicas está dotado con <strong>10.000 millones de euros</strong> y se ajusta as los planes aprobados por las Unión Europea (UE)  que han servido para rescatar a algunas aerolíneas. De hecho, tiene como objetivo ayudar a las compañía aéreas españolas ahacer frente a la situación de crisis que afrontan por el confinamiento establecido durante la crisis sanitaria. Entre ellas, Iberia y Air Europa, que en diferentes ocasiones ha reclamado ayudas públicas para salir adelante. El Gobierno ya aprobó en un anterior Consejo de Ministros algunas de las características del fondo, entre ellas, que el Estado podrá evitar lanzar una opa aún en el caso de que llegue a tomar más de un 30% del capital de las sociedades que demandan la ayuda, que puede realizarse en forma de capital, créditos participativos o compra de deuda.

Actividad en España

El acuerdo del Consejo de Ministros establece que las empresas que se acojan al fondo deberán acreditar que su actividad y centros de trabajo principales se encuentran en España. Así como que el cese de su actividad tendría un claro impacto sobre la economía del país y el empleo. Tendrán que elaborar un plan de viabilidad económica en el que se concrete el modo en el que devolverán las ayudas recibidas. Además, tendrán evitar el pago de bonos o primas especiales a los directivos de esas compañías mientras se encuentre dentro del programa de ayuda.

Las empresas, además, deberán acreditar que no se encontraba en crisis antes del 31 de diciembre del 2019,  como mecanismo para subrayar que el objeto de las ayudas es el efecto temporal que representa la crisis sanitaria y no otras causas.