LEGISLACIÓN EN PREPARACIÓN

La empresa y el trabajador deberán acordar por escrito los detalles del teletrabajo

zentauroepp52807539 opinion  teletrabajo200419164620

zentauroepp52807539 opinion teletrabajo200419164620 / periodico

Gabriel Ubieto

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La empresa y el trabajador deberán acordar y dejar por escrito los detalles de las rutinas y de las compensaciones económicas a las que tiene derecho un empleado durante el teletrabajo. Así lo establece el anteproyecto de ley que ha hecho público este viernes el Ministerio de Trabajo. Este primer borrador contempla que ese contrato de trabajo a distancia también deberá fijar una lista de herramientas que precisará el empleado para ejercer y explicita que su coste siempre deberá correr a cargo de la empresa, tal como avanzó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una entrevista en EL PERIÓDICO

El trabajador también podrá negociar parte de su horario, según sus preferencias, aunque la empresa podrá imponer unas franjas de disponibilidad y un número de días u horas que el empleado deberá acudir presencialmente al centro de trabajo común. La rubrica de ese contrato con los detalles de la relación del teletrabajo es de obligado cumplimiento para las empresas, bajo pena de sanción grave (6.126 euros). Además, la intención de Trabajo es habilitar un mecanismo de reclamación específico y exprés en caso de que un trabajador considere que se han vulnerado las condiciones pactadas.   

El primer borrador de anteproyecto de ley que el Ministerio de Trabajo ha trasladado a sindicatos y patronal no ha entusiasmado a esta última. La CEOE recela de tener que asumir determinados costes que pretende imputarle el Gobierno en su nuevo proyecto o de supuestos fraudes cometidos por los trabajadores a nivel de productividad. "Tampoco sería muy lógico que si alguien hace un huevo frito en casa y le salta el aceite que sea un accidente laboral", ha afirmado el presidente de la patronal, Antonio Garamendi, este viernes en una entrevista en Onda Cero.

El Gobierno, con el consenso para prórrogar los ertes todavía caliente, ha querido calmar los ánimos empresariales y dejar claro que todo se hablará. "Hay borradores que se están trabajando desde el Ministerio competentes, pero son eso, borradores", ha afirmado la ministra portavoz, María Jesús Montero; en rueda de prensa este mismo viernes. La intención del Ejecutivo es no dilatar los tiempos de aprobación de esta nueva normativa y para ello ha activado la vía de urgencia. Lo que, no obstante, no es incompatible con que las negociaciones con patronal y sindicatos puedan alargarse si las partes no encuentran un consenso y el Gobierno declina legislar unilateralmente.

Lista de herramientas y facturas

Los sindicatos, por su parte, insisten en que la ley tiene que recoger claramente qué gastos deberá asumir la empresa y que estos vayan más allá de facturas de suministros, hasta el punto que puedan incluir también parte del alquiler. Algo que legislaciones como la de Suiza lo contemplan. En este sentido, el primer borrador determina que ese contrato que rubriquen asalariado y empresa para regular el teletrabajo deberá determinar cual es el "lugar de trabajo habitual", que puede ser o bien el centro de trabajo, o bien el domicilio del trabajador o bien otro lugar. Lo que abre la puerta a que ese contrato regule de algún modo una compensación para costear el acceso y mantenimiento de ese lugar de trabajo. Otro elemento que incorpora el anteproyecto de ley es que la empresa tiene la obligación de fijar por escrito cada cuánto renovará los equipos y medios de producción para el trabajador a distancia.

La intención del Ministerio de Trabajo es que determinados colectivos puedan acceder preferentemente a las rutinas de teletrabajo. En su primer documento especifica varios, como las madres en periodo de lactancia, los progenitores a cargo del cuidado de hijos menores de 12 años o las personas que acrediten que están cursando estudios académicos. El anteproyecto también abre la puerta a que un trabajador pueda acogerse a un periodo de teletrabajo de “fuerza mayor” en caso de que tener que cuidar a un familiar de hasta segundo grado de consanguineidad.

Pimec alerta de un riesgo de involución

El anteproyecto de ley del Gobierno pretende reformular legislativamente un fenómeno que antes de la pandemia era testimonial en España y que tras el estado de alarma ha sido la garantía de muchas compañías para mantener su actividad. Pues si hasta marzo solo el 9,7% de los empleados trabajaba a distancia de manera recurrente, durante los meses de confinamiento dicho porcentaje escaló hasta el 30,2%; según datos de Eurofund. Y desde la patronal pretenden dejar el máximo posible de elementos a la negociación colectiva. Algo que hasta ahora apenas había formado parte de las negociaciones, pues únicamente el 4,5% de los convenios incluía alguna cláusula especifica a este respecto, según datos de UGT

En este sentido, desde la patronal catalana Pimec alertan de que si el Gobierno aplica una nueva normativa sin el suficiente consenso puede provocar un efecto involutivo en los actuales índices de teletrabajo. "No puede suponerle un gasto al trabajador, pero para la empresa tampoco puede ser un gasto mayor que tener a esa persona trabajando presencialmente", opina la directora de relaciones laborales de Pimec, Elena de la Campa. "Hay que regularlo y hay que hacerlo bien y para encontrar ese equilibrio es necesario el suficiente espacio para el diálogo social", añade.