Plan de choque

El Gobierno autoriza a las agencias de viajes a dar bonos de un año

Canarias se autoaisla: sin turismo y propone solo 20 vuelos con la península

Canarias se autoaisla: sin turismo y propone solo 20 vuelos con la península / periodico

Sara Ledo

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Gobierno permite a las agencias de viajes emitir bonos con validez de un año en vez de proceder a la devolución del dinero de forma inmediata, según ha informado el vicepresidente del Gobierno Pablo Iglesias en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. En el caso de las aerolíneas tienen dos meses para ofrecer una "alternativa" a sus clientes y si esta no les convence deberán devolverles el dinero. 

El ministerio de Consumo flexibiliza de esta forma la aplicación de los derechos del consumidor al permitir en el caso de los viajes cancelados, que las agencias den un bono (voucher) para ser utilizado en el plazo de un año. Si el bono no se utiliza, la empresa debe proceder entonces a devolver lo pagado. Según han explicado fuentes del ministerio, esta medida se justifica porque estas empresas intermediarias se quedan "desprotegidas" si tienen que adelantar' el dinero a los clientes, ya que actúan como intermediarios de aerolíneas, hoteles u otras compañías. Por tanto, se establecen estos bonos con una vigencia de un año para dejar "el tiempo suficiente para que el intermediario cobre por parte de los hoteles y las aerolíneas el dinero".

El turismo se ha paralizado al completo tras el estado de alarma en España y las restricciones a viajar en prácticamente todo el mundo hacen peligrar la liquidez de las empresas del sector ante la inactividad de muchas de sus empresas. Además de las agencias de viajes, también las aerolíneas llevan semanas reclamando poder ofrecer bonos a los clientes para evitar perder más liquidez de la que ya están perdiendo con la paralización de los vuelos. 

En este sentido, según avanza Consumo, el decreto da 60 días (dos meses) de plazo a las empresas para que ofrezcan "una alternativa" a sus clientes tras la adquisición de un bien o un servicio, ya sea un billete de avión, una plaza de hotel o cualquier otro producto, trascurrido ese tiempo, si esa alternativa no satisface al cliente, la empresa deberá proceder a la devolución del importe del billete.

Por último, en el supuesto de aquellos servicios pagados de forma adelantada y disfrutados de forma extendida, véase por ejemplo,  un gimnasio, guardería o academia de idiomas, el Ejecutivo establece que una vez acabe el estado de alarma se tendrá que compensar al consumidor, o recompensando los pagos adelantados al mes siguiente o con la devolución del pago en caso de cancelación del uso.

TEMAS