Decreto aprobado
El Gobierno trata de poner coto a los bajos precios en el campo
Los intermediarios estarán obligados a pagar a los agricultores por encima de los costes de producción
La 'venta a pérdidas' se acorrala al prohibir la destrucción de valor en toda la cadena a excepción del úlitmo eslabón

Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. /
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el paquete de medidas urgentes para atajar la crisis del campo. Un real decreto-ley adelantado por EL PERIÓDICO que supone la reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria para establecer un mayor "equilibrio" en los distintos eslabones de la cadena y dar mayor "transparencia" a la formación de precios con el objetivo de que los productores tengan precios más justos, según ha informado el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, en la rueda de prensa posterior a la reunión de los ministros.
El 28 de enero, agricultores y ganaderos de toda España pusieron en marcha una serie de protestas de carácter regional que todavía se mantienen. Este martes, de hecho, hay convocadas varias manifestaciones como la de la provincia de Sevilla que ha provocado varios cortes durante la mañana en carreteras de estas regiones, según informa la DGT a través de su página de Twitter.
La respuesta del Gobierno, después de casi una veintena de reuniones entre el ministro Planas y toda la cadena de valor, pasa por retocar los "cuatro puntos clave" de la Ley de la Cadena Alimentaria, tal y como adelantó este lunes EL PERIÓDICO. Según ha expuesto el ministro, se establece la necesidad de incluir los costes de producción en contratos escritos suscritos por agricultores y ganaderos con la industria y la distribución. Además, el precio de venta "no podrá ser nunca inferior a los costes de producción" que serán determinados "libremente" por vendedor y comprador, según ha explicado Planas.
Sobre la posibilidad de que se pudiera provocar un incremento de los precios finales, Planas se ha mostrado confiado en que eso no suceda. "Si todos asumen su responsabilidad los precios no tendrían que incrementarse", ha afirmado.
En lo referente a la denominada 'venta a pérdidas', el Gobierno "prohíbe" la destrucción de valor "en cada elemento de la cadena", es decir, nunca un bien se podrá vender "por debajo de aquello que ha costado producirlo u obtenerlo", con la excepción de la venta al consumidor por cuestiones legales y para evitar el despilfarro alimentario, según ha explicado Planas. "Nunca se podrá imputar al vendedor aquel precio inferior al que será vendido al público”, ha resumido.
Por otra parte, se prohíben las promociones comerciales de "carácter engañoso" que se dirijan a consumidores, una práctica que será vigilada por la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA) y con la ayuda de las Comunidades Autónomas. El ministro ha ejemplificado esta medida con la venta de dos cajas de detergente que regalan un litro de aceite de oliva extra. "Esto significa una devaluación del producto que no puede ser admitido", ha advertido Planas, quien ha defendido que el Gobierno "respeta" las promociones comerciales y solo prohíbe aquellas que induzcan a error.
Por último, también se incluye que la ausencia de contratos escritos sea considerada como una "falta grave" y si esta tendencia se generaliza sería considerado como falta muy grave. Según la ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria una falta grave supone una multa de entre 3.001 y 100.000 euros, y las muy graves pueden elevarse hasta el millón. Tanto las faltas graves como las muy graves serán objeto de publicidad con fines disuasorios, pero también punitivos. Esta última medida está incluida en la directiva de prácticas comerciales desleales que el Gobierno prevé aprobar antes de junio del 2021.
Noticias relacionadasEste real decreto-ley se pondrá en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y será tramitado como proyecto de ley que deberá ser convalidado por el Congreso de los Diputados, según ha informado el ministro. Además, el decreto incluye otras normas como la modificación de la Ley del IRPF en el punto relativo a la incorporación de jóvenes agricultores a la actividad productiva para que la tributación pueda hacerse en cuatro ejercicios fiscales; la reducción del número de peonadas de 35 a 20 en las comunidades de Andalucía y de Extremadura.
También se establece la bonificación de contratos eventuales en fijos discontinuos o fijos, subvencionando el coste de las contingencias comunes por parte del empresario en esta materia. Y se modifica la Ley de Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que el empresario ponga "a disposición del trabajador determinados lugares de descanso y reposo que podrán ser objeto de inspección para que reúnan todas las condiciones legales".
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