REFORMA LABORAL

UGT y CCOO retan a los partidos a decir si apoyan el despido por bajas médicas

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Rosa María Sánchez

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Los secretarios generales de UGT y CCOO, Pepe Álvarez y Unai Sordo, han retado este martes a los líderes políticos a que antes del domingo electoral del 10-N aclaren su opinión sobre la reciente sentencia que ha declarado constitucional el artículo 52.D de Estatuto de los Trabajadores que permite despedir sin indemnización a los trabajadores con intermitentes bajas médicas justificadas

La sentencia fue emitida por el Tribunal Constitucional el pasado 29 de octubre con tres votos particulares en contra, firmados por cuatro magistradlos contrarios a la constitucionalidad de este artículo de la reforma laboral del 2012. "Es una sentencia inhumana y despiadada que antepone el dinero, a los derechos de los trabajadores; la productividad, a la salud", ha criticado Álvarez en un encuentro con los medios de comunicación

Según Unai Sordo, esta sentencia ha generado "una comprensible alarma social" ya que "permite despedir objetivamente a trabajadores por tener bajas médicas justificadas". Sordo y Álvarez ven en este hecho un argumento más para insistir en la necesidad de "derogar las reformas laborales" últimas.

Varios frentes de acción

Ambos sindicatos han anunciado este martes una campaña contra este artículo con acciones en varios frentes. 

Además de pedir que los líderes políticos se pronuncien al respecto (la ministra de Trabajo en funciones, Magdalena Valerio ya ha prometido derogar este artículoValerio  si sigue gobernando el PSOE),  los representantes sindicales han anunciado que buscarán amparo en al Organización Internacional del Trabajo (OIT) ya que un convenio de esta oficina de la ONU establece que el despido "no puede basarse nunca en las ausencias por enfermedad de la persona trabajadora". Sordo ha recordado que los convenios internacionales suscritos por un país, como España, poseen rango superior a la legislación interna

También han anunciado otro frente de acción ante la Comisión Europea, con el soporte de la Confederación Europea de Sindicatos (CES).

Además, "vamos a denunciar e identificar a las empreas que despidan a trabajadores utilizando este artículo", han avisado.

Vía jurisdiccional

Y todo ello sin renunciar a la vía jurisdiccional, pues entienden que no se ha agotado. La sentencia emitida por el Constitucional es la respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social número 26 de Barcelona antes de resolver un caso concreto. Los líderes sindicales interpretan que hay otros aspectos que pueden acabar con la constitucionalidad del artículo 52.D, como el hecho de que este tipo de despidos puede ser discriminatorio por razones de género, genética o circunstancias sociales. Por eso, aprovecharán cualquier litigio que surja a partir de la aplicación de este artículo para llevarlo a las sucesivas instancias judiciales, hasta el Constitucional o, después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

"La pregunta es ¿se puede conducir con fiebre? ¿se puede trabajar con una máquina con fiebre? ¿se puede compartir espacio con una gripe? ¿o atender al cliente en un comercio? No se puede, porque no se puede anteponer ningún derecho al de la salud", ha resuelto Álvarez.