Sentencia
El TSJC falla a favor de las 'kellys' y considera que se les debe aplicar el convenio de hostelería
La justicia catalana dictamina que a las camareras de piso se les debe aplicar el convenio de hostelería, con mejores sueldos que el de limpieza
Las camareras de piso, más conocidas como 'kellys', han ganado una batalla, aunque todavía les queda un largo trecho para vencer en su particular guerra por asegurarse unas condiciones de trabajo dignas. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha fallado, en una sentencia notificada a las partes esta semana, que a las camareras de piso se les debe aplicar el convenio de hostelería; no el de limpieza, lo que incluye hasta 3.000 euros más al año en salarios.
El caso llegó al alto tribunal catalán de la mano de la patronal catalana de las empresas de limpieza Ascen, que impugnó el convenio de hostelería por considerar que invadía las competencias de su sector, ya que incluía una clausula que obligaba a pagar a todos los profesionales contratados o subcontratados por una empresa del sector según dicho convenio. Un texto que ha permitido el reconocimiento de las camareras de piso dentro del sector de la hostelería, pero que generó división entre los sindicatos y que finalmente solo firmó UGT, según recuerda el responsable de dicha central en el sector, Jesús Lodeiro. "No buscábamos una rebaja salarial, sino que respetarán las condiciones de nuestro sector. La sentencia se ha sobre limitado", considera el presidente de Ascen, Josep Tres. No obstante, con las tablas salariales en la mano, reconoce que el convenio de hostelería puede ser más beneficioso.
En lo que coinciden la parte demandante (Ascen) y la demandada (UGT y CCOO) es que este fallo judicial no soluciona uno de los principales problemas de las trabajadoras del sector: las empresas multiservicio y el régimen de bajos salarios, jornadas maratonianas y falta de control sindical que estas abonan. "Siempre hemos defendido que se aplique el convenio, uno u otro, porque lo que nos hace daño como sector son las empresas que se lo saltan y pagan 'cuatro duros'”, declara Tres. "La sentencia nos refuerza de cara a aquellas empresas pequeñas que no tienen convenio propio y se referencian en el Estatuto de los Trabajadores, pero no ante las multi servicios", reconoce el responsable de hostelería de CCOO, Paco Galván.
Las empresas multi servicios son aquellas que, aprovechando la reforma laboral del 2012 del PP, imponen su propio convenio por encima del sectorial. Este suele basarse en el salario mínimo y no contempla muchas de las condiciones a nivel de conciliación, salud laboral o descansos que tienen otros. Y cada viernes el sindicato Las Kellys, constituido hace un año por trabajadoras del sector, se concentra frente al Hotel Central Barcelona, en la plaza Ramon Berenguer, para denunciar un ejemplo de dicha práctica. Las concentraciones se repertirán cada semana hasta el mes de noviembre, según cuentan desde el sindicato, fecha en la que está fijado el juicio al que han llevado al hotel por crear una empresa multiservicios a la que pretende pasar la plantilla de camareras de piso para rebajar sus costes y las condiciones laborales de estas, según declaran.
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