Batalla judicial

Segunda sentencia favorable al modelo de Glovo en Barcelona

Hasta la fecha la empresa cuenta con cinco fallos que avalan su sistema de autónomos y cinco en contra

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Gabriel Ubieto

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La batalla judicial que libra Glovo por toda la geografía española suma una nueva sentencia; esta vez favorable al modelo laboral de la empresa. Un juzgado de los social de Barcelona ha considerado que sus repartidores o 'riders' están bien encuadrados como trabajadores autónomos, tal como constata la sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, hecha pública este martes pero con fecha del pasado 29 de mayo. Esta es el segundo dictamen que valida el modelo laboral de Glovo en Barcelona -las dos en menos de una semana- y la quinta en toda España. En el otro lado pesan cinco sentencias más, todas en Madrid, en sentido contrario y que dictaminan que los 'riders' son falsos autónomos.

El toma y daca en los tribunales sobre el sistema laboral de las empresas de reparto está siendo una constante en los últimos meses y se reproducirán en el futuro próximo. Al menos al corto plazo, pues hasta que uno de estos casos no llegue al Tribunal Supremo no se unificará la doctrina y cada juez fallará según su propio criterio. Diferente guión ha seguido hasta ahora las actuaciones de Inspección de Trabajo, en Zaragoza, Barcelona y Madrid, que han considerado de manera unánime que los 'riders' son falsos autónomos.

 La sentencia del magistrado de lo social de la capital catalana se apoya en el argumento de la dependencia, o más bien la ausencia vinculante de esta en la relación que une a 'riders' con empresa. Para el juez dicha relación no se enmarca "dentro del ámbito de organización y dirección de la empresa" y lo argumenta en el hecho de que "no existe obligación de ningún repartidor de estar disponible, pudiendo conectarse a la aplicación cuando quiere, pudiendo pasar días sin conectarse y pudiendo elegir los servicios que quieran realizar"; además de la libre disposición de itinerarios o medios de transporte.

Pese a mencionar la otra pata jurídica que define una relación laboral, la ajenidad, es decir, la importancia del algoritmo para que los 'riders' puedan desarrollar su actividad. Los magistrados que han fallado en contra del modelo de Glovo (o de otros como el de Deliveroo) han considerado que para los reapartidores sería imposible contactar y repartir sus encargos sin la presencia de la aplicación y su algoritmo.