Falsos autónomos

Nueva sentencia en Madrid contra el modelo de Glovo

Un juzgado de la capital española falla a favor de un repartidor y considera que su relación con la empresa de reparto es propia de asalariado, no de autónomo

Un mensajero de Glovo por las calles de Barcelona.

Un mensajero de Glovo por las calles de Barcelona. / periodico

Gabriel Ubieto

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El juzgado número 33 de lo social de Madrid ha puesto el empate en el marcador de sentencias contrarias y favorables en relación a si es legal o no el modelo laboral de Glovo. De momento van dos a favor y dos en contra en la capital del Estado, tal como ha hecho público este lunes el sindicato UGT. La última considera que la relación del repartidor demandante y la empresa era más propia de un asalariado, tachándo al 'rider' de falso autónomo.

Si bien en los juzgados de Madrid hay disparidad de opiniones, no se traslada dicha diversidad a las oficinas de la Inspección de Trabajo. Hasta ahora, este organismo ha fallado de manera unánime en contra del modelo laboral de la empresa de reparto a domicilio. De hecho, actualmente la prefectura de Madrid se encuentra en un proceso abierto en el que está dando de oficio de alta a los repartidores de la compañía como trabajadores por cuenta ajena en la Seguridad Social, tal como ya explicó EL PERIÓDICO. Una línea de actuación ya ejecutada en Zaragoza y Barcelona.