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Hacienda dispone de datos de dueños de alquileres turísticos

Airbnb y otros intermediarios tienen desde el año pasado la obligación de infomar sobre los titulares de los inmuebles

Airbnb lanza Trips BCN para vivir más la ciudad_MEDIA_1

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Agustí Sala

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Los ingresos procedentes de alquileres turísticos deben declararse como rendimientos del capital inmobiliario en el impuesto de la renta (IRPF), pero no pueden beneficiarse de la reducción del 60% del resto arrendamientos. Esto se debe a que "no tienen por finalidad satisfacer una necesidad permanente de vivienda sino cubrir una necesidad de carácter temporal", según la Agencia Tributaria.

Tras el auge de este tipo de actividad llevada a cabo por particulares, especialmente  a través de plataformas como Airbnb, Hacienda estableció el año pasado la obligatoriedad de informar sobre estos ingresos por parte de los intermediarios. Para ello creó un impreso específico, el modelo 179, que es trimestral y que lleva por nombre "Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos".

De este modo, aquellas entidades que presten servicio de intermediación deben poner a disposición de la Administración tributaria la identificación del titular de la vivienda y de las personas cesionarias, la identificación del inmueble con especificación de la referencia catastral, número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos, así como la fecha de inicio de la cesión e importe percibido por el titular.

Para el ejercicio 2018, la presentación de la declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos tuvo excepcionalmente carácter anual, y su plazo de presentación fue entre el 1 y el 31 de enero de 2019.

En el momento de elaborar la declaración tributaria del IRPF, el contribuyente debe tener presente que la Administración va a disponer de los datos de arrendamiento. Este tipo de arrendamientos pasan de ser considerados rendimientos del capital inmobiliario en el IRPF a actividades económicas cuando el alquiler se complementa con prestaciones de servicios propios de la industria hotelera, tales como restaurante, limpieza, lavado de ropa y otros análogos.

También tendría tal calificación si, no dándose las circunstancias anteriores, para la ordenación de la actividad se cuenta con una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa. El rendimiento neto se calculará según las normas del impuesto sobre sociedades.