Nueva economía

La UE aprobará el 16 de abril un blindaje laboral común y de mínimos

Los grupos europeos alcanzan un consenso para aprobar una directiva aplicable en todos los estados miembros para proteger a los trabajadores precarios

La plataforma RidersXDerechos denuncian a Glovo.

La plataforma RidersXDerechos denuncian a Glovo. / .44377520

Gabriel Ubieto

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Las principales alianzas de partidos en la Unión Europea (UE) han conseguido atar un consenso para aprobar el próximo 16 de abril, a pocas semanas de acabar la legislatura, una directiva que despliega un blindaje de condiciones laborales de mínimos y comunes para los trabajadores de los diferentes estados miembros. El paquete de medidas deberá ser traducido posteriormente por los diferentes Gobiernos, en un plazo de tres años, a las legislaciones nacionales y dependerá de la voluntad de cada Ejecutivo cuan ambiciosa será la aplicación.

Así lo han explicado los diputados Javi López, de los socialistas europeos, y Enrique Calvet, de la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa, en un encuentro con periodistas este viernes. Los dos representantes políticos, participantes de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de donde surge la iniciativa legislativa, aseguran que las mayorías políticas tanto en el Parlamento Europeo, como en el Consejo de Europa están aseguradas y que la votación se producirá entre el 16 y el 17 de abril. Un mes y pocos días antes de las elecciones a la eurocámara del 26 de mayo. "Es un paso, aunque es insuficiente", han reconocido los dirigentes.

Uno de los aspectos de las relaciones laborales que la directiva quiere mejorar es la información disponible para los trabajadores. Las modalidades contractuales ‘bajo demanda’ serán las más beneficiadas. En este sentido, los empleadores deberán informar a sus empleados de la identidad de la empresa para la que trabajan y la duración de la relación contractual que une a ambas partes. Algo que ya existe en España y que se vehicula  mediante un mensaje SMS de la Seguridad Social. "Lo que para nosotros parece un acuerdo de mínimos es ambicioso en algunos países del este de Europa", ha declarado el eurodiputado liberal Calvet.

Uno de los puntos que introduce la directiva es la redefinición del concepto de trabajador, para adaptarlo a las nuevas relaciones laborales. Un trabajador es toda aquella "persona física que durante un período de tiempo determinado realiza servicios para otra persona, y bajo su dirección, a cambio de una reumneración". "Es una directiva que regula a los trabajadores, no a los empleados", ha matizado López.

La nueva normativa también obligará a los empresarios a informar a sus trabajadores de los horarios que se les va a exigir disponibilidad y de los plazos mínimos de preaviso. En caso de no solicitar finalmente los servicios del trabajador, la empresa deberá abonar una compensación.

Los detalles de todas estas modificaciones (plazos, compensaciones, multas, etc.) dependerán de la adaptación que hagan los Gobiernos a nivel nacional y la voluntad política, en este sentido, será clave para una interpretación más o menos ambiciosa. Para dicha transposición, jurídicamente hablando, se dispondrá de un periodo de tres años. El mismo plazo que actualmente suelen durar los convenios. Por ende, la concreción a nivel español será labor del Gobierno que surja de las urnas del 28 de abril.

Objetivo: cubrir las zonas grises

Según el eurodiputado socialista, Javi López, la aplicación de esta directiva a nivel español puede facilitar la labor de los jueces y de la Inspección de Trabajo a la hora de hacer cumplir la normativa en aquellas relaciones laborales de la nueva economía que no encajan de manera clara con la legislación existente. En este sentido ha citado a los repartidores de empresas como Deliveroo Glovo, al respecto de los cuales considera que la directiva europea mejorará sus posibilidades de éxito en caso de impugnar su situación. No obstante, dado los tres años de margen para una transposición a nivel nacional, dicho litigio puede acabar siendo esclarecido antes por los actuales cauces de los tribunales españoles.

Las grandes damnificadas, por ausencia, en esta directiva son las trabajadoras del hogar. Según han trasladado los eurodiputados, ha sido prácticamente unánime la postura de los estados miembros para excluirlas de determinados beneficios de la previsiblemente nueva legislación. Estas trabajadoras están explícitamente excluidas de algunos artículos de la directiva; uno de ellos el número 10.

Este insta a los estados a velar por que "los trabajadores con una antigüedad mínima a los seis meses con el mismo empleador puedan solicitar, si está disponible, una forma de empleo con unas condiciones laborales que ofrezcan una previsibilidad y una seguridad mayores", tal como reza el texto. Lo que puede servir para combatir la ultratemporalidad en determinados sectores –España es el país de la UE con un índice de eventualidad más alto-, no beneficiará a las trabajadoras del hogar.