COMUNICACIONES

Un ente público podrá cobrar peajes en las autopistas que reviertan al Estado

El Gobierno pone las bases para extender el cobro de tarifas a los usuarios de todas las vías rápidas

Peaje de la AP-7.

Peaje de la AP-7. / periodico

Salvador Sabrià

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El Gobierno ha puesto las bases para poder cobrar peajes en todas las autopistas que reviertan al Estado, pero también para permitir a una sociedad pública, "en su caso, la explotación de otras", incluyendo para ello la posibilidad de cobrar a los usuarios. Lo hecho mediante una reforma de la ley de carreteras, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este viernes, que dará cobertura de rango legal al cobro de peajes por la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (Seittsa).

El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, informó el jueves, tras la reunión del Consejo de Ministros, que se aprobaría una disposición destinada a dar cobertura legal a la explotación de los peajes de las radiales de Madrid, que han vuelto a ser propiedad del Estado tras la quiebra de las concesionarias. Pero parecía que esta competencia se limitaría a las autopistas quebradas, ya que además Ábalos reiteró la decisión del Gobierno de no prorrogar los tres contratos de concesión de autopistas que vencen en la presente Legislatura. El próximo día 30 concluye la concesión de la AP-1 entre Burgos-Armiñón, cuyo titular es Itinere. Los tramos de la AP-7 entre Tarragona, Valencia y Alicante, y el de la AP-4 Sevilla-Cádiz, ambas del grupo Abertis vencen en diciembre de 2019.

Sin embargo, el decreto publicado este viernes en el BOE recalca que Seittsa "podrá explotar, entre otras, las autopistas que reviertan al Estado" y señala que la "construcción y/o explotación se realizará en las condiciones que se determinen en el convenio de gestión directa correspondiente", que deberá autorizar el Consejo de Ministros. El texto legal determina que "en la explotación de las autopistas que reviertan al Estado...la Sociedad Estatal queda autorizada para el cobro a los usuarios de las tarifas que fije el Consejo de Ministros". 

Respecto a los convenios futuros, se determina que deberá incluir, entre otros extremos, el régimen de explotación de las carreteras estatales de que se trate y el régimen de financiación "en el que podrá incluirse el cobro de  las tarifas que apruebe el Consejo de Ministros".