PLENO SOBRE HIPOTECAS

Un Supremo muy enfrentado continúa este martes deliberando sobre las hipotecas

Ángeles Vázquez / Max Jiménez Botías

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La Sala Tercera del Tribunal Supremo necesita más tiempo para poner freno a la incertidumbre generada en el mercado hipotecario y determinar el criterio jurisprudencial que estableció hace apenas 15 días sobre quién debe asumir el impuesto de actos jurídicos documentados, imprescindible para constituir una hipoteca. El pleno de la Sala de lo Contencioso ha estado reunido este lunes durante ocho horas y continuará deliberando mañana para decidir si confirma el cambio jurisprudencial que introdujo en tres sentencias que provocaron el desplome de la banca o vuelve al anterior, que atribuía ese pago al cliente. A lo largo de la sesión solo alrededor de un tercio de los magistrados ha llegado a pronunciarse sobre el fondo del asunto. 

Ello se debió en gran parte al malestar causado por la poco ortodoxa decisión del presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez Picazo, de elevar al pleno tres recursos de la EMV de Rivas Vaciamadrid, después de que la Sección Segunda, especializada en derecho tributario, hubiera establecido en otras tres, con el mismo recurrente, que a quien corresponde abonar el impuesto por los actos documentados de las hipotecas es al banco y no al cliente, como hasta ahora. 

De ahí que por la mañana los magistrados ni siquiera llegaran a entrar en el meollo del asunto. La mayor parte de la sesión matutina se dedicó a debatir si debía celebrarse o no un pleno convocado una vez consumado el cambio jurisprudencial. Finalmente, los magistrados (20 votaron a favor) decidieron seguir adelante con la reunión, aunque una parte de ellos no la entendiera conveniente. Anular el pleno habría supuesto prolongar la incertidumbre generada por la polémicas sentencias más días, porque implicaba devolver a la Sección Segunda los recursos que estaba previsto que resolvieran todos los miembros de la Sala.

Ponentes, a favor del cliente

Descartada esta posibilidad, sí se ha entrado en el fondo del asunto. Los primeros en intervenir en el pleno han sido los ponentes de las tres sentencias que se dictarán conforme lo que decida el pleno: los magistrados Nicolás Maurandi y Francisco José Navarro Sanchis, quienes, como no podía ser de otra forma, han propuesto a sus compañeros mantener el criterio que estableció la Sección Segunda, a la que ambos pertenecen, al anular el artículo del reglamento que atribuía este impuesto al cliente.

A la intervención de cada uno de ellos le ha seguido la de sus compañeros del pleno. El orden de intervención ha sido de los magistrados más modernos a los más antiguos. Sobre el núcleo de la decisión a adoptar, quién debe pagar el impuesto, si el banco o el cliente, solo ha llegado a intervenir nueve de los 28 magistrados que han compuesto el pleno y sus posiciones ha sido igual de dispares (cinco contra cuatro), según fuentes jurídicas.

En el pleno finalmente no han participado en las deliberaciones ni Rafael Fernández Valverde, que está de viaje en el extranjero, ni Octavio Herrero, que se ha abstenido de participar porque dos de sus hijos residen en la localidad madrileña de Rivas Vaciamadrid en viviendas de protección oficial. Tampoco ha participado Segundo Menéndez, que preside la Junta Electoral Central y con las elecciones en Andalucía está exento.

La banca, expectante

Las entidades financieras, particularmente interesadas en que se resuelva cuanto antes, han seguido con cautela a la espera de una resolución. El peor escenario para la banca es una resolución que acepte la retroactividad desde la concesión del préstamo. Pero esta opción no se incluye, de momento, entre sus expectativas. El sector asume, con las tres sentencias del Supremo en las que se asegura que el sujeto pasivo del impuesto es el banco, que le tocará asumir el impuesto a partir de ahora. La cuestión básica es si el pleno de la Sala Tercera toma la decisión de establecer la retroactividad en cuatro años –el periodo en el que se mantiene viva una deuda con Hacienda— o no aceptarla, de manera que la jurisprudencia se aplicará solo para las nuevas hipotecas.