próximo juicio oral
Uno de los hijos de Ruiz-Mateos vuelve al banquillo por defraudar 3,3 millones
Su padre estaba acusado en la causa, pero el juez sobreseyó las actuaciones tras su fallecimiento en el 2015
La Audiencia Provincial de Madrid juzgará el próximo martes a uno de los hijos del fallecido José María Ruiz-Mateos por un delito contra la Hacienda Pública al defraudar presuntamente junto a su padre 3,3 millones de euros en el ejercicio del 2004.
En el banquillo de los acusados se sentará José María Ruiz Mateos Rivero, uno de los seis vástagos del empresario jerezano. Su padre estaba acusado en la causa, pero el juez sobreseyó las actuaciones tras su fallecimiento en septiembre del 201 fallecimiento 5.
Recientemente, el Tribunal Supremo condenó a los seis hermanos a dos años y medio de cárcel dos años y mediopor delito de estafa agravada en relación a la compra de dos hoteles, uno en Mallorca y otro en San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria). Esta condena se suma a otras relacionadas por otras causas.
En el escrito del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, se solicita dos años y tres meses de cárcel para el hijo de Ruiz Mateos, la misma pena que se pedía para el empresario. Al igual que una multa de 6.720.000 euros y el pago de una indemnización a Hacienda de 3.360.00 euros.
El escrito relata que los acusados en aquella época eran administradores de la mercantil Edificio Novosur S.A., domiciliada en la calle Modesto Lafuente 58 de Madrid, y llevaban la dirección efectiva de la sociedad al formar parte del entramado de entidades de Nueva Rumasa.
IVA repercutido
Los acusados decidieron y negociaron, según el fiscal, la enajenación de 318 inmuebles a la entidad Sotohenar S.L. por un precio total de 21 millones de euros y una cuota de IVA repercutido de 3.360.000 euros, venta que se formalizó ante notario el 15 de abril del 2004.
Según el fiscal, los encausados "incumplieron sus obligaciones tributarias y no presentaron declaración por el impuesto sobre el valor añadido en el ejercicio del 2004 pese a constar que realizaron la operación inmobiliaria citada sujeta y no exenta a IVA y que repercutieron y cobraron al comprador".
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