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El TC avala la expropiación de las viviendas desocupadas al menos dos años

El Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional / sb

Ángeles Vázquez

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El Tribunal Constitucional ha avalado la expropiación forzosa de las viviendas que no cumplen "su función social", que según la ley de vivienda vasca, impugnada por el Gobierno de Mariano Rajoy, mientras estaba en funciones, es la "desocupada de forma continuada, durante un tiempo superior a dos años, sin causa alguna que pueda justificar su no utilización".  Deberán estar, además, en zonas en las que haya demanda insatisfecha de viviendas sociales por falta de oferta. Estas viviendas expropiadas solo se podrían dedicar a alquiler social, según la ley vasca.

La norma, aprobada en 2015 a iniciativa del PSE, con el apoyo de EH Bildu y UPyD y los votos en contra de PP y PNV, establecía que la desocupación continuada de un inmueble estará justificada en casos de segunda residencia, traslado de domicilio por razones laborales, de salud, de dependencia o de emergencia social y que esté a la venta o alquiler a precios de mercado y otras "situaciones equivalentes". Si no se cumplen estas circunstancias y la vivienda está desocupada de forma continuada "durante un tiempo superior a dos años, sin causa alguna que pueda justificar su no utilización" en los términos previstos en la citada ley podrá ser expropiada. 

La ley vasca ha corrido mejor suerte que la navarra, andaluza y valenciana. De hecho, en febrero, el Constitucional avaló que Navarra pueda imponer sanciones a las entidades de crédito y de gestión por mantener deshabitadas viviendas por dos años, pero cerró la puerta a expropiar las adjudicadas a bancos tras una subasta a raíz de un desahucio, porque entendió que esa expropiación por razones de interés social vulneraba las competencias del Estado.

Anulada la temporal

Como con aquellas sentencias, la Abogacía del Estado recurrió la mayoría de los artículos de la norma vasca por entender que invadía competencias del Estado en materia de planificación de la actividad económica, así como el principio de igualdad entre todos los españoles. La diferencia es que en este caso el alto tribunal solo le da la razón a la represnetación del Estado en tres artículos, los relativos a la expropiación forzosa del uso temporal de la vivienda. Son el 9.4, el 74 y el 75.3.

Los dos primeros se referían a personas en especiales circunstancias de emergencia social incursas desahucios por ejecución hipotecaria o arrendamiento carentes de solución habitacional, para los que se prevía la expropiación forzosa del uso temporal de la vivienda.

El artículo 75 especifica el "procedimiento expropiatorio y declaración de urgencia". Sus dos primeros incisos, que no han sido anulados por el alto tribunal, disponen que las “expropiaciones forzosas de viviendas por incumplimiento de la función social se regirán por el procedimiento establecido en la normativa urbanística y de expropiación forzosa” y que será “el departamento competente en materia de vivienda del Gobierno Vasco” o “las diputaciones o los ayuntamientos, en función de la administración que resulte actuante en la expropiación”, quienes dicten "el trámite de declaración de urgente ocupaciónde bienes y derechos exigido en la legislación expropiatoria.

El Constitucional solo anula el tercer apartado que "declara de urgente ocupación (...) la expropiación temporal del uso". Ello ha supuesto que el consejero vasco de Vivienda, Iñaki Arriola, la haya dado a conocer y haya destacado que permite la "plena competencia" de la comunidad autónoma para regular este ámbito con toda seguridad jurídica, informa Efe.

El consejero concretó que antes de declarar una vivienda desocupada se tendrá que abrir un expediente, dar audiencia a los propietarios y posteriormente determinar si cumple con los requisitos de la ley para que se pueda considerar deshabitada y se pueda aplicar un canon o su alquiler forzoso o la expropiación temporal. El Gobierno Vasco y ayuntamientos, ha destacado Arriola, tienen a partir de ahora "una herramienta importante de gestión" que permitirá incrementar la oferta que se hace a la ciudadanía. "No se trata de que vayamos a proceder a una ola expropiatoria", ha dicho el consejero. Anunció también  que se está elaborando un registro de viviendas deshabitadas susceptibles de ser expropiadas y no ha dado una cifra estimativa del número de casas que se pueden encontrar en esta situación.