VIVIENDAS TURÍSTICAS

La CNMC recurre la normativa de viviendas turísticas de Madrid

Al frente 8José María Marín Quemada, presidente de la CNMC, en una ponencia en Santander, en el 2016.

Al frente 8José María Marín Quemada, presidente de la CNMC, en una ponencia en Santander, en el 2016.

Sara Ledo

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha vuelto a la acción sobre la regulación de los pisos turísticos al impugnar mediante un recurso Contencioso-Administrativo las normativas urbanísticas de Madrid, Bilbao y San Sebastián por considerarlas "contrarias a la competencia y a los principios de regulación económica eficiente”, además de perjudiciales para los consumidores y usuarios.

Así lo ha anunciado este martes en un comunicado en el que denuncia los "efectos restrictivos" de las tres ciudades porque, argumentan, impiden la entrada de nuevos operadores y consolidan a los oferentes de alojamientos turísticos ya instalados, lo cual consideran que además provocará precios más elevados en el alojamiento turístico y reducirá la calidad, la inversión y la innovación en los alojamientos turísticos de estas tres ciudades.

Se refiere Competencia a las especificaciones de las normativas urbanas como la prohibición en Madrid y San Sebastián de otorgar nuevas licencias en determinados barrios de la ciudad o la norma de Bilbao y San Sebastián que establece que solo pueden ser viviendas de uso turístico las plantas bajas o primeras de los inmuebles, salvo que tengan acceso independiente a la calle.

También considera la CNMC como "obstáculos" a la libre competencia la obligación de tener una licencia para poder alquilar apartamentos y viviendas turísticas en Madrid y en Bilbao, las exigencias bilbaínas de oferta máxima de tres habitaciones por vivienda y la limitación a edificios de uso residencial.

"La CNMC considera que estas medidas no garantizan una mayor calidad de los alojamientos turísticos ni protegen adecuadamente a los ciudadanos. En ninguno de los tres casos se especifican con claridad los objetivos de interés general que se persiguen ni se justifica que las medidas elegidas sean las más idóneas para lograrlos", precisa el superregulador en un comunicado.

Los Ayuntamientos defienden sus normas

Desde el Ayuntamiento de Madrid responden a este periódico que defenderán ante los tribunales estas medidas pues el objetivo de su normativa es "poder regular un sector que proteja los usos residenciales del suelo", así como favorecer la competencia de un sector "donde también están hosteles y hoteles".

"El turismo es una actividad económica importante en la ciudad de Madrid y desde este gobierno queremos protegerlo al mismo tiempo que se concilia con los derechos de los ciudadanos dentro de los barrios como es el propio derecho a la vivienda evitando procesos que la encarecen", agregan.

Por su parte, desde el Ayuntamiento de Bilbao han confirmado a EFE que el pleno de la corporación municipal rechazó por unanimidad el pasado 31 de mayo un requerimiento enviado Competencia. Según el organismo presidido por José María Marín Quemada, ninguno de los tres Ayuntamientos enviaron una respuesta satisfactoria después de enviarles dicho requerimiento para que "justificaran la necesidad y proporcionalidad" de estas "restricciones" a la hora de alquilar apartamentos y viviendas turísticas, o para que, directamente, anularan esos requisitos, y por ello decidieron acudir a los tribunales.

La CNMC puede impugnar ante los Tribunales de Justicia las disposiciones generales con rango inferior a Ley y que presenten obstáculos para que exista una competencia efectiva en el mercado, tal como establece el artículo 5.4 de la Ley 3/2013 de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Antes eran las Comunidades Autónomas

La CNMC decide actuar por primera vez contra los Ayuntamientos en la regulación de viviendas turísticas tras haber tomado estos el relevo de las Comunidades Autónomas, las primeras en poner coto a este fenómeno, a quienes Competencia interpuso cuatro recursos, pero solo ganó dos. 

El organismo público logró detener en los tribunales el decreto sobre pisos turísticos de la Comunidad de Madrid que exigía que los alquileres de viviendas fueran por un periodo mínimo de 5 días, así como el de Canarias que prohibía el alquiler de este tipo de viviendas en las áreas más turísticas de las Islas, el alquiler por habitaciones y la obligación de inscribirse en un registro, aunque en este caso la comunidad recurrió.

No tuvo tanta suerte el superregulador contra Galicia y Castilla y León, cuyos decretos desestimó el Tribunal Superior de Justicia (el de Castilla y León parcialmente, anulando la prohibición de alquilar por habitaciones).