NUEVOS NEGOCIOS

Inspecció de Treball reclama 1,3 millones de euros a Deliveroo por emplear a falsos autónomos

Determina que la relación que mantienen los 'riders' con la multinacional es de caracter laboal y no mercantil

Deliveroo

Deliveroo / periodico

El Periódico

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Inspecció de Treball de Catalunya ha negado la condición de autónomos a los repartidores autónomos repartidores que trabajan para la empresa Deliveroo en Barcelona y determina que la relación que mantienen los 'riders' con la multinacional es de caracter laboal y no mercantil. Así lo afirma el acta de Inspecció de Treball, que impone a Deliveroo el pago de 1,3 millones de euros en concepto de cuotas dejadas de pagar a la Seguridad Social correspondientes al periodo comprendido entre agosto del 2015 y diciembre del 2017, y que también obliga a la firma a dar de alta como trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social a sus centenares de repartidores.

En pleno juicio (de 16) que la firma afrontará este año en Barcelona por la denuncia de sus trabajadores, Deliveroo ha visto como la Inspecció de Treball levantaba acta en contra de sus intereses, en línea con las opiniones de la Inspección de Trabajo de Valencia Madrid, que se habían pronunciado en términos similares.

Según ha informado Col·lectiu Ronda este martes, en el acta considera que los repartidores (riders) no son verdaderos autónomos sino falsos autónomos y que les corresponde cotizar en el régimen general de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena. "Según su criterio, la empresa impone de forma fraudulenta a sus riders una vinculación mercantil que solo pretende esconder una relación de carácter puramente laboral, obligándolos a darse de alta en el régimen de autónomos al mismo tiempo que actúa como verdadero empresario a la hora de imponer todo tipo de condiciones a la prestación del servicio, determinar horarios y periodos de descanso e, incluso, aplicando un régimen disciplinario interno y sanciones diversas en caso de que alguno de los supuestos autónomos rechace el reparto de un pedido por los motivos que sean", ha destacado Col·lectiu Ronda.

Una de las novedades del acta es que, en este caso, Inspecció de Treball niega que las características del nuevo contrato que Deliveroo ofrece a sus riders desde julio del 2017 donde se los continúa obligando a seguir figurando como trabajadores formalmente autónomos pero con la posibilidad de ser reconocidos como TRADE (Trabajador Autónomo Dependiente Económicamente) "no palía en absoluto la irregularidad de la relación mercantil impuesta por Deliveroo", ha destacado el despacho.

La empresa, que no ha atendido a la llamada de este diario, tiene 15 días para presentar alegaciones.