Telecomunicaciones

Multa de 8,5 millones a Telefónica por prácticas anticompetitivas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sancionado a la empresa de telecomunicaciones por presentar una oferta "irreplicable" para sus competidores

Sede de Teléfonica.

Sede de Teléfonica. / /TW

El Periódico

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Telefónica con 8,5 millones de euros por incumplimiento de las obligaciones regulatorias que tiene establecidas como operador con poder significativo de mercado al presentar una oferta "irreplicable" para sus competidores.

El caso se remonta al año 2015, cuando Telefónica se presentó a un concurso convocado por el Gobierno vasco y logró, ya en enero del 2016, parte del contrato para la prestación de servicios de telecomunicaciones para diversos edificios de la administración autonómica, según ha informado este miércoles este organismo en un comunicado.

Antes de la adjudicación, el operador vasco Euskaltel denunció ante Competencia que la oferta económica presentada por Telefónica no era replicable por un hipotético operador de empresas atendiendo principalmente a las condiciones reguladas de los servicios mayoristas que los operadores contratan a Telefónica. Antes de esta adjudicación, Euskaltel, que había sido prestador del servicio al Gobierno Vasco durante 14 años.

Tras analizar los datos, la CNMC ha concluido que la oferta económica de Telefónica para parte de ese concurso no es replicable por un operador eficiente y generalista con red propia desplegada como Euskaltel, es decir, que ese operador obtendría una rentabilidad negativa al prestar los servicios incluidos en la oferta de Telefónica mediante el uso de las ofertas mayoristas disponibles en el mercado.

Por tanto, Telefónica incurrió, según la CNMC, en lo que se denomina una práctica de "irreplicabilidad económica". Se trata de una práctica prohibida por las resoluciones de los mercados mayoristas de banda ancha y de líneas alquiladas terminales. De acuerdo con las obligaciones impuestas a Telefónica derivadas de su posición como operador con poder significativo de mercado, la compañía tiene prohibido llevar a cabo prácticas anticompetitivas, como reducciones de precios contrarias a la regulación sectorial.

A la hora de fija la cuantía de la sanción, el 'superregulador' señala que la conducta de Telefónica ha sido tipificada como una infracción administrativa "muy grave y de carácter doloso", pero ha rebajado en un millón la sanción respecto de su primera propuesta al considerar que no ha habido ninguna reincidencia.

Telefónica recurrirá

Telefónica ha anunciado su intención de recurrir la sanción porque entiende que la resolución es "ilegal" e "injusta" y era "impredecible" a la luz de las circunstancias concretas del concurso analizado, según han informado fuentes de la operadora de telecomunicaciones.

Telefónica ha insistido en que Euskaltel fue descartado desde el inicio de la licitación por no cumplir con los requisitos técnicos, por lo que fue el único operador concurrente y su conducta no pudo distorsionar la competencia. "Al contrario, su conducta tuvo un efecto positivo en el mercado, ya que el Gobierno Vasco viene disfrutando de unos servicios de telecomunicaciones avanzados, de gran calidad y a un precio acorde con el mercado y, si no, la oferta hubiera quedado desierta", incide.

Telefónica podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.