efectos de la fiscalidad

Más impuestos, menos calorías

El tributo a las bebidas azucaradas introducido en Catalunya en mayo pasado ha reducido su consumo el 22%, según un estudio de la la UB y la UPF

Una mujer ante las bebidas azucaradas de un supermercado.

Una mujer ante las bebidas azucaradas de un supermercado.

Agustí Sala

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El impuesto sobre las bebidas azucaradas introducido en mayo pasado por la Generalitat Generalitat provocó un descenso del consumo de estos refrescos del 22%, según un estudio de Judit Vall, investigadora del Institut d’Economia de Barcelona (IEB), de la Universitat de Barcelona (UB) y del Centre de Recerca en Economia i Salut (CRES) de la Universitat Pompeu Fabra (UPF); y del catedrático de Economía y director del CRES-UPF, Guillem López Casasnovas.

Esta carga que recaudan los distribuidores, cuyo objetivo es rebajar el consumo de estas bebidas para combatir la obesidad, aportó en siete meses 22,7 millones de euros, frente a los 30,9 millones esperados. El Gobierno central lo impugnó ante el Tribunal Constitucional, pero no está suspendido.

El trabajo, por el que se han interesado varios países por su carácter pionero, revela que el gravamen redujo el consumo de bebidas azucaradas en seis litros por semana, producto y tienda con respecto a los meses anteriores a aplicarse el tributo en el 2017 y el 2016. Y ese descenso se ha mantenido. La cadena Bon Preu, que tiene casi 160 súpers por toda Catalunya y una cuota de mercado del 10%, proporcionó los datos para la invertigación, surgida de las porpias universidades.

105 productos de tres tipos

Se analizan las ventas semanales de 105 productos escogidos, que los autores dividen en tres grupos: las bebidas azucaradas (sujetas al impuesto) y las de tipo 'zero' o 'light' y las aguas (que no lo están). El estudio revela que parte de la caída de ventas se sustituye por los refrescos sin este impuesto. En concreto, por cada 4,7 litros de menor consumo de los referescos más azucarados crece en 3,5 el de los ‘zero’ o ‘light’, explica Vall.

La normativa del tributo, diseñado desde el ámbito académico y luego como miembro de los consejos asesores de Salut y de economía (Carec) del la Generalitat por López Casasnovas, uno de los autores del trabajo, obliga a trasladar el 100% del impuesto al precio final, siguiendo las pautas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) contra la obesidad. La OCDEOCDE, que agrupa a los países más industrializados, destaca, por su parte, que para que estos impuestos reduzcan el consumo deben propiciar subidas de precios del 20%.

Entre el 16% y el 26%

En Catalunya, el encarecimiento medio ha sido del 20% en los envases grandes, con un descenso del consumo del 26%; y de entre el 5% y el 10% en los pequeños (las latas, por ejemplo), con el 16% menos de consumo. El gravamen es de 8 céntimos por litro para las bebidas con entre 5 y 8 gramos de azúcar por mililitro; y de 12 céntimos para las más azucaradas.

En otros países no se obliga a trasladar el impuesto al precio que paga el consumidor. En México, donde rige desde el 2014, se trasladó el 43% del coste, los precios subieron el 10% y el consumo cayó el 12%. En Francia, donde se aplica desde el 2012, solo se trasladó al precio un 32% o 33% del tributo, explica Vall. Desde el pasado viernes se ha puesto en marcha una carga similar en el Reino Unido y el mes que viene serán Irlanda Suráfrica.

Los autores extrapolan sus resultados a todos los consumidores catalanes de este tipo de bebidas y concluyen que el impuesto "supone una reducción de 107 calorías por persona y semana". Para el cálculo usan los datos de la Enquesta de Salut de Catalunya del 2016, con datos de la población de 20 a 80 años.

Zonas no turísticas

A su vez constatan que la caída del consumo es mayor en las zonas no turísticas y en las que hay más obesidad. Se constata, por tanto, la efectividad del impuesto y su efecto de "doble dividendo", como defendía su promotor López Casasnovas. "Si es efectivo baja el consumo de productos considerados nocivos para la salud y si no, solo pagan un sobrecoste quienes los compran", afirma.

Vall y López Casasnovas destacan la importancia de establecer multas y sanciones si se incumple el traslado completo del gravamen al precio final para que no desaprezca el efecto para el que se estableció el impuesto.