resolución judicial

El Constitucional levanta la suspensión a la expropiación de viviendas vacías en Catalunya

Da vía libre a uno de los instrumentos previstos en la ley de protección del derecho a la vivienda del 2016 recurrido por el Gobierno central

Todo por vender 8Promociones de viviendas vacías en Sant Carles de la Ràpita.

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Max Jiménez Botías

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El Tribunal Constitucional (TC) ha levantado la suspensión de parte del articulado de la ley catalana de vivienda. En concreto se trata de ley 4/2016 de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión social que permite la expropiación a grandes tenedores de los pisos vacíos durante más de dos años. La resolución del TC, que publica este miércoles el Boletín oficial del Estado (BOE) afecta también a las legislación en materia de vivienda de las comunidades de València y Extremadura, que regulan aspectos vinculados al derecho a la vivienda, las expropiaciones forzosas, mediaciones en caso de desahucio y protección de personas en riesgo de exclusión. Las tres fueron recurridas por el Gobierno, lo que conllevaba la suspensión automática de las mismas. 

En el caso de la ley catalana, el tribunal permite que se apliquen, desde esta decisión, los artículos recurridos que avalan la expropiación temporal de viviendas vacías por causas de interés social para destinarlas a su alquiler, siempre que estén incluidas en el registro de viviendas vacías y ubicadas en municipios con necesidades residenciales.

La Generalitat remitió en su momento, tras la aprobación de esta ley, una carta a los 234 municipios incluidos en la zonas de demanda acreditada en la que invitaba a los municipios a adecuar su presupuesto para abordar el 50% del coste de la expropiación en los casos en los que fuera preciso. El otro 50% debía ir a cargo de la Generalitat. No obstante, solo ocho municipios, incluido el de Barcelona, respondieron positivamente al planteamiento del Govern, que ahora volverá a poner en contacto con esos consistorios para que puedan ejecutar la ley, tras la resolución judicial, según ha explicado el secretari d'Habitatge de la Generalitat, Carles Sala.

Ley propia de alquiler

La resolución del TC también levanta la suspensión de la diposición final sexta de la ley catalana, según la cual podría desarrollarse una regulación propia de alquiler en Catalunya, aunque este aspecto está todavía por analizar por parte de los servicios jurídicos de la Generalitat. Como sea no es algo que pueda llevarse a cabo de forma inmediata en este momento. "Esa será una tarea para el próximo gobierno catalán", ha comentado Sala.

La resolución del TC, que va en la misma líneas de la dictada en relación con la ley de expropiación de Navarra dictada por el TC en febrero, no avala el segundo instrumento de la ley catalana que ponía en práctica el alquiler social obligatorio en el caso de ejecución hipotecaria para las entidades financiera.