LICITACIÓN POLÉMICA

El Supremo ratifica la anulación de la privatización de ATLL

Acciona anuncia que estudia acciones legales y reclamar por daños y perjuicios

Planta potabilizadora de Aigües Ter Llobregat (ATLL), en Abrera.

Planta potabilizadora de Aigües Ter Llobregat (ATLL), en Abrera.

Agustí Sala

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El culebrón de la privatización de Aigües Ter Llobregat (ATLL) llega a su fin. O casi. El Tribunal Supremo ha ratificado lo que ya dictaminó la semana pasada: la anulación del concurso que se celebró en el 2012 y que le adjudicó la gestión a un consorcio liderado por Acciona.

Precisamente este compañía, que ya ha valorado en un mínimo de 308 millones de euros la suma se le tendrán que devolver, estudia emprender "acciones legales y/o judiciales" , así como "reclamar el resarcimiento de todos los daños y perjuicios ocasionados".

Ese será uno de los aspectos polémicos porque la Generalitat deberá asumir la gestión de la antigua empresa pública que suministra a las compañías de aguas del área metropolitana de Barcelona y comarcas adyacentes con unos 4,5 millones de habitantes. En la ley de acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat del 2017, prorrogados este año, se recoge la gestión directa de ATLL por parte de la Generalitat, en el caso de una sentencia contrataria al concurso de adjudicación.  

Acciona, en un comunicado, entiende que la invalidación de concurso "es por completo ajena a la oferta y a la actuación" de la compañía y que se debe "a la confusión generada por determinadas aclaraciones efectuadas por la Generalitat en el trancurso de la licitación del concurso". A su vez recureda que Aigües de Barcelona (Agbar), que impugnó la licitación desde el inicio tras perderla, no logró su objetivo de la anulación "sin fundamento" de la oferta y la adjudicación a Acciona.

Hoy por hoy, Acciona entiende que "el escenario de un nuevo concurso, queda completamente cerrado", según fuentes de la compañía. En cambio, en Agbar, que aspiraba a hacerse con la gestión, entienden que una nueva licitación sería la mejor opción.

Últimos recursos

El alto tribunal ha desestimado los recursos interpuestos por Acciona Agua y ATLL Concesionaria de la Generalitat contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en junio del 2015 que dictaba la anulación del contrato. Se trata de los últimos recursos que el Supremo tenía pendientes de resolver sobre este contencioso, con lo que se ratifica la anulación del contrato.

Las primeros cálculos del grupo controlado por la familia Entrecanales, 308 millones, supone el importe de recibir solo lo aportado a la concesión, sin contar con las eventuales reclamaciones. La compañía estima que la Generalitat le debe devolver 268,8 millones que corresponden al reembolso de la parte no amortizada del canon de la concesión, y otros 39,5 millones por las inversiones en mejoras realizadas en el sistema del agua.

La empresa asegura que, a partir de ahora, queda a la espera de las medidas que la Generalitat adopte para ejecutar la sentencia de la resolución del contrato. Acciona muestra su "plena disposición" a garantizar la continuidad de los servicios prestados en la gestión de ATLL mientras legalmente proceda y hasta que se abone el importe de la compensación prevista en la normativa vigente y se formalice el acta de retorno de los bienes y derechos afectos al servicio público.

Acciona, que contrala el 76,05% de la concesionaria, subraya que ha gestionado ATLL durante más de cinco años (desde el 1 de enero de 2013) "con los máximos niveles de exigencia" en el cumplimiento del contrato. La compañía lamenta los efectos que puedan derivarse de esta situación que pone fin a una concesión que, "asegurando la titularidad y el máximo control público de los recursos hídricos, garantizaba a su vez la imprescindible financiación de las inversiones en la red a través de una gestión profesionalizada".

La empresa considera que el dictamen del Supremo ratifica el criterio sentado en su momento por el TSJC según el cual la oferta presentada por el consorcio liderado por el grupo "nunca debió ser excluida de la licitación al ajustarse correctamente a las prescripciones del pliego del concurso".