España tendrá que pagar 3 millones de multa por liberalizar tarde el sector de la estiba
El Tribunal de Justicia de la UE dice que no adoptó la reforma en plazo pero reduce sustancialmente la cuantía que pedía Bruselas
El culebrón de la reforma de la estiba ha vivido este jueves su último capítulo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado por cerrado el contencioso contra España debido a la tardanza del gobierno en liberalizar el sector de la estiba. Finalmente, la multa a tanto alzado a la que deberán hacer frente las autoridades españolas por los retrasos en la reforma asciende a 3 millones de euros, una cantidad sustancialmente inferior al montante que pedía la Comisión Europea y que superaba los 25 millones.
El conflicto entre Bruselas y Madrid arrancó en el año 2011 cuando la Comisión Europea determinó que la legislación española sobre puertos vulneraba el principio de libertad de establecimiento recogido en el Tratado de la UE. Comenzó entonces un largo proceso de cartas y advertencias que concluyó con una condena inicial a España el 11 de diciembre de 2014.
Los jueces europeos consideraron entonces que las autoridades españolas habían incumplido sus obligaciones porque la Ley imponía a las empresas de otros Estados miembros que deseasen desarrollar la actividad de manipulación de mercancías en los puertos españoles de interés general a inscribirse en una sociedad anónima de gestión de estibadores portuarios (Sagep) y, en su caso, a participar en el capital y contratar con carácter prioritario a trabajadores de dicha sociedad, algunos de ellos con carácter permanente.
PETICIÓN DE MULTA MILLONARIA
España debería haber adoptado medidas y resuelto la situación denunciada en la sentencia para el 20 de septiembre de 2015 como fecha límite. En verano de 2016 la Comisión Europea constató que no lo había hecho y relanzó un segundo procedimiento de infracción contra España, con una petición de multas. Concretamente, el Ejecutivo comunitario reclamó una sanción a tanto alzado de 27.522 euros diarios desde el pronunciamiento inicial de la corte, el 11 de diciembre de 2014, y otros 134.107 euros al día a partir de la publicación de la segunda sentencia.
Tras meses de conflicto, la reforma se aprobó el pasado 14 de mayo de 2017 por medio de un real decreto que acabó con la obligacion que tenían las estibadoras de participar en la Sagep. A raíz de ella, la segunda parte de la multa decayó pero no la primera. Este jueves, los jueces europeos han concluido que España efectivamente no adoptó las medidas necesarias a tiempo para ejecutar la primera sentencia, que el incumplimiento debe considerarse “grave” y que persistió “durante un periodo de tiempo significativo”. Nada menos que 29 meses.
Según la sentencia, las autoridades españolas justificaron el retraso por dificultades internas relacionadas con la disolución del parlamento nacional y con el hecho de que el gobierno se hallara en funciones. Los jueces advierten que dichos argumentos “no pueden aceptarse” porque un Estado miembro no puede invocar disposiciones, prácticas ni situaciones de su ordenamiento interno para justificar el incumplimiento de sus obligaciones.
La corte europea concluye, sin embargo, que España actuó de buena fe, cooperando estrechamente con la Comisión durante el procedimiento administrativo. Por ello, y aunque la cuantía de la multa solicitada por el Ejecutivo comunitario superaba hasta la fecha los 25 millones de euros, los jueces han optado por ser magnánimos e imponer una cifra muy inferior: tres millones de euros. Un pequeño tirón de orejas frente al golpe que hubiera supuesto la sanción que pedía Bruselas. “Hemos tomado nota de la sentencia y de la multa de 3 millones. Respetamos el resultado. Para la Comisión lo importante es que las autoridades han hecho frente a las restricciones sobre libertad de establecimiento a través de la reforma adoptada en mayo. Esta reforma contribuirá a la competitividad de los puertos españoles al tiempo que ofrece un elevado nivel de protección a los trabajadores portuarios. Esto es algo crucial para nosotros”, ha valorado el portavoz comunitario Enrico Brivio.
{"zeta-legacy-despiece-horizontal":{"title":"Espa\u00f1a, denunciada por no transponer la normativa sobre denunciantes","text":"La Comisi\u00f3n Europea ha anunciado su intenci\u00f3n de llevar a Espa\u00f1a ante el Tribunal de Justicia de la UE por no transponer la normativa comunitaria que detalla los\u00a0procedimientos de protecci\u00f3n de los denunciantes de infracciones. Los gobiernos de la UE ten\u00edan hasta el 3 de julio de 2016 para trasladar la norma a su legislaci\u00f3n interna. M\u00e1s de un a\u00f1o despu\u00e9s, Bruselas sigue sin recibir informaci\u00f3n de las autoridades espa\u00f1olas sobre las medidas adoptadas para cumplir con los reiterados requerimientos. La Comisi\u00f3n adopt\u00f3 la directiva en 2015 en el marco del c\u00f3digo sobre abuso de mercado."}}
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