escándalos financieros

El juez descarta imputar a la excúpula del Banco de España en el 'caso Bankia'

El Gobernador del Banco de España, Miguel Angel Fernandez Ordoñez.

El Gobernador del Banco de España, Miguel Angel Fernandez Ordoñez. / periodico

ÀNGELES VÀZQUEZ / MADRID

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Los errores no implican necesariamente responsabilidad penal y en el 'caso Bankia' lo que se investiga no es si la salida a bolsa obedeció a una decisión errónea, sino si se falsearon las cuentas o la información incluida en los folletos para hacerlo. Así lo fija el juez Fernando Andreu en el auto en el que rechaza citar como investigados (antes, imputados) al exgobernador del Banco de España Miguel Angel Fernández Ordóñez y otros 7 directivos de esa entidad y de la CNMV.

La acusación popular que ejerce la Confederación Intersindical de Crédito (CiC) lo había solicitado basándose en los correos electrónicos que el entonces jefe de inspección de Bankia, José Casaus, envió a su superior  José Casausen los que sostenía la inviabilidad de BFA-Bankia y desaconsejaba la salida a Bolsa.

Pero tras analizar los mensajes, Andreu recuerda que las decisiones de gestión son exclusiva responsabilidad de los órganos de administración y dirección de las entidades, y en este caso "fueron los consejos de administración de BFA y de Bankia quienes lo decidieron, entre las distintas alternativas posibles", en sus reuniones del 28 de junio de 2011. Como la salida a bolsa fue adoptada por los órganos competentes fue "perfectamente legítima", y "no por lo errónea que finalmente hubiera podido ser, debe ser objeto de una investigación en sede penal".

INFORMACIÓN FALSA

El auto explica que en este procedimiento no se investiga si la decisión de salida de la entidad fue acertada o, como premonitoriamente indicaba Casaus, errónea, sino si se ha falseado la información económica financiera contenida en los folletos de emisión o las informaciones que la sociedad debía publicar y difundir conforme a la legislación del mercado de valores, porque eso será lo delictivo.

Además, entiende que de los "informes de seguimiento" realizados por los inspectores aportados a la causa "no se desprende, como tampoco se puede derivar de los correos electrónicos (de Casaus), que los altos funcionarios del Banco de España o de la CNMV participasen de forma dolosa por acción u omisión en el delito que es objeto del presente procedimiento".

Como en autos anteriores, insiste en que no puede exigirse la garantía absoluta de que no se produzcan decisiones erróneas en los distintos sistemas. Pero la mera existencia de disfunciones no constituye, por sí solo, título de imputación suficiente para reclamar una responsabilidad de carácter penal