EVOLUCIÓN DEL MARCO ENERGÉTICO

Rajoy deja a la Generalitat sin apenas competencias sobre energía

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AGUSTÍ SALA / BARCELONA

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En la Generalitat a veces bromean: "¿Será preciso pedir permiso al Estado para encender la luz?" Aunque parezca una exageración ilustra la situación en la que, tras una legislatura, el Gobierno de Mariano Rajoy ha dejado las competencias autonómicas en materia de electricidad energía en general.

Una sentencia del Tribunal Constitucional adelantada por este diario ha avalado esta semana este proceso al rechazar una serie de impugnaciones de la Generalitat por invasión de competencias. El hecho de que el fallo tuviera dos votos particulares, uno de ellos de la magistrada ponente de la sentencia, Adela Asua Batarrita, hace pensar al Ejecutivo catalán que "se forzó la interpretación de la ley para alcanzar el resultado" deseado por el Gobierno central.

Ese fallo del alto tribunal consagra, a juicio del Ejecutivo autonómico, "el vaciado de las competencias autonómicas y el inicio de un proceso de recentralización en materia de energía". 

Y no es más que una muestra de los conflictos de competencias que la Generalitat mantiene abiertos con la Administración central y que afectan a un mínimo de 15 leyes y normas de distinto rango que regulan aspectos relacionados con un sector tan estratégico como el de la energía. Unos son a través del Constitucional y otros por la vía contencioso-administrativa.

La avalancha de pleitos afecta a materias que abarcan desde la actividad producción de energía eléctrica a partir de energías renovables, como la eólica o la solar; hasta la metrología o la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución, así como una regulación "exhaustiva" del autoconsumo.

El pulso ante el Constitucional también afecta a las regulaciones relacionadas con la pobreza energética, que el Estado llevó ante el alto tribunal;o el real decreto-ley que consagró la indemnización a los promotores del almacén de gas Castor, paralizado tras producirse seísmo en el área colindante.    

VOLUNTAD CENTRALISTA

"La situación lo dice todo sobre el espíritu y la voluntad del Gobierno de Madrid a la hora de regular: hay una clara voluntad centralista, vulnerando incluso las competencias autonómicas, sin diálogo ni negociación", sentencia Joan Aregio, secretario de Empresa y Competitividad de la Generalitat.

Asegura que el Govern "trabaja para defender las competencias que entiende que Catalunya ha de poder ejercer y también para un modelo energético diferente, que contribuya a la competitividad de las empresas y al bienestar de las personas". Y es que, a su juicio, "el Estado ha apostado por un modelo energético erróneo, y además ha aprovechado el despliegue de este modelo para centralizar competencias que Catalunya tiene reconocidas.

El reciente fallo del Constitucional, que se refiere a varios artículos de la ley del sector eléctrico, da la razón al Estado. La impugnación se produjo para preservar competencias autonómicas. 

CENTRALES DE GENERACIÓN

Entre los puntos que el Constitucional avala destacan el hecho de que las autorizaciones de centrales de generación de más de 50 megawatios (MW) dependen solo del Estado y no de la Generalitat. Al entender del Ejecutivo autonómico, eso resta a la autonomía capacidad de regular sus necesidades energéticas, afecten o no a otros territorios.

Otro punto impugnado se refería a que las protestas y quejas de los consumidores, aunque sean personas físicas, deben cursarse a través del Ministerio de Industria, "independientemente de dónde se encuentren ubicados estos usuarios". Y eso a pesar de que Catalunya cuenta con competencias sobre distribución eléctrica con cuestiones como, por ejemplo, la calidad del suministro.

También se consagra la competencia plena del Estado en materia de autoconsumo energético o la regulación del conjunto de los derechos y obligaciones de las distribuidoras eléctricas, "sin dejar margen de regulación autonómico, pese a que afecta a la actividad de distribución que se realiza dentro del ámbito territorial de Catalunya". A juicio del Ejecutivo catalán, el resultado del fallo "es una interpretación de la Constitución muy forzada".

En sus argumentaciones, la abogada de la Generalitat aseguraba que los preceptos de la ley del sector eléctrico impugnados "vulneran el orden constitucional de distribución de competencias en cuanto que no podrían ser considerados materialmente básicos, ni desde la perspectiva  de las competencias estatales en materia de energía eléctrica del artículo 149.1.22 CE, ni tampoco desde la de las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica del artículo 149.1 .13 CE, con la consecuencia de que se vulneran las competencias autonómicas del artículo 133 del Estatuto de Autonomía de Catalunya".

{"zeta-legacy-despiece-horizontal":{"title":"Un grupo de normas que la Generalitat impugna o estudia hacerlo tiene que ver con actividades como la distribuci\u00f3n el\u00e9ctrica, que es una de las partes del negocio el\u00e9ctrico que sigue regulada. En todos los casos, se vulnera \"la competencia compartida por lo que respecta a la actividad de la distribuci\u00f3n el\u00e9ctrica\", a juicio del Ejecutivo catal\u00e1n.\u00a0","text":"Otra materia que ha sido objeto de pelea jur\u00eddica hace referencia al almac\u00e9n de gas Castor. En diciembre del 2014, la Generalitat interpuso un recurso de\u00a0inconstitucionalidad contra el real decreto que consagr\u00f3 la indemnizaci\u00f3n a los promotores de la instalaci\u00f3n, que se paraliz\u00f3 tras los se\u00edsmos que se registraron en el \u00e1rea colindante. Tambi\u00e9n interpuso recursos contencioso-administrativos contra las \u00f3rdenes que fijaban los\u00a0c\u00e1nones para las actividades reguladas de gas y electricidad.\u00a0\u00a0\u00a0"}}