El Supremo admite un recurso de la Generalitat contra el pago de gastos del almacén Castor

Empresa i Ocupació impugnó la orden de peaje del 2015, que carga a la factura los costes de mantener hibernada la instalación

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso-administrativo presentado por la Generalitat  contra la orden de peajes del gas para el 2015, al oponerse a que los gastos de mantenimiento del almacenamiento subterráneo de gas Castor se carguen a la factura del gas.

Según figura en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Supremo acordó la admisión a trámite el pasado 23 de diciembre, un año después de la aprobación de la orden ministerial. La Generalitat ha confirmado que el recurso cuestiona que se considere como "costes del sistema" los gastos de mantenimiento de la infraestructura del Castor y que, por tanto, se autorice la repercusión de éstos en la tarifa que pagan los usuarios.

La administración catalana considera que el coste de mantenimiento de la instalación, en su actual estado de hibernación, no puede cargarse a usuarios y consumidores dado que, entre otras razones, se trata de una infraestructura que nunca ha entrado en servicio, según han explicado fuentes del departamento de Empresa i Ocupació.

CUOTA DE 17 MILLONES

La cuota de mantenimiento de la instalación se eleva a unos 17 millones de euros al año.

La Generalitat se ha pronunciado en diferentes ocasiones contra del pago de la indemnización prevista para los promotores del proyecto Castor -que asciende a unos 1.350 millones de euros y que se cargará en la factura del gas durante 30 años. En realidad, esa cantidad se multiplicará por 3,5 veces por los intereses financieros. El Govern también recurrió esa medida ante el Tribunal Constitucional.