MEDIDAS ANTIFRAUDE

La lista de morosos de Hacienda incluirá a 5.000 contribuyentes

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en el Congreso.

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en el Congreso.

ROSA MARÍA SÁNCHEZ / MADRID

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Alrededor de 5.000 contribuyentes, personas físicas o sociedades, aparecerán en el primer listado de morosos que Hacienda prevé publicar antes de que finalice este año. Se trata de contribuyentes que a fecha de 31 de julio tenían deudas pendientes de pago con el fisco por importe superior a un millón de euros que no hubieran sido pagadas en el plazo de ingreso voluntario, salvo que se encuentren aplazadas o suspendidas por la propia administración.

El importe de la deuda que aparecerá en la lista oscilará entre un mínimo de 5.000 millones de euros (a razón de un millón por contribuyente) y un máximo de unos 22.000 millones. Este último es el montante total de deuda en periodo ejecutivo que no está ni aplazada, ni suspendida, ni en concurso de acreedores, según datos publicados esta semana por la Agencia Tributaria. No obstante, dentro de este total habrá contribuyentes con una deuda inferior a un millón, cuyos datos no tienen por qué aparecer en el listado.

CALENDARIO

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 22 de septiembre la reforma de la ley general tributaria que, entre otras cuestiones, regula la publicación anual de estos listados de deudores como una medida de transparencia que, según el Gobierno, debe contribuir a la lucha contra el fraude fiscal. La primera lista se publicará en diciembre, no mucho antes o después de las elecciones generales del día 20. La fecha exacta se fijará en una orden ministerial que previsiblemente se aprobará dentro de las dos próximas semanas.

A partir del 2016, la lista se publicará siempre en cada primer semestre, con los nombres de los deudores a 31 de diciembre del año previo.

La publicidad de cada listado se limitará a tres meses desde el momento de su publicación.

EL PROCEDIMIENTO

De acuerdo lo establecido en la nueva ley, cada uno de los alrededor de 5.000 deudores de este año recibirán una notificación al respecto. Eso podría suceder en la última semana de octubre, según fuentes de la administración tributaria. La notificación será bien electrónica, bien mediante agente. Bastará un único intento de notificación para cumplir el trámite.

Tras esta comunicación, el contribuyente tendrá un periodo de alegaciones «solo para la corrección de errores materiales», según el comunicado que emitió Hacienda cuando se aprobó la reforma, en septiembre pasado.

Se calcula que la lista ya podrá estar definitivamente confeccionada en la segunda o tercera semana de diciembre, preparada para su difundirse en la fecha que se haya determinado. Se publicará la identificación completa del contribuyente (nombre y apellidos o denominación social y NIF) así como el importe total de deudas y sanciones pendientes de pago.

La lista de morosos se publicará en la página web de la Agencia Tributaria. La ley obliga a adoptar medidas para impedir que el acceso a su contenido a través de motores de búsqueda en internet, tales como Google. Los listados dejarán de ser accesibles tres meses después de la fecha de publicación.

SENTENCIAS POR DELITO FISCAL

En paralelo a la reforma de la ley  tributaria, el Parlamento ha tramitado una ley orgánica que permitirá publicar los datos esenciales de las sentencias condenatorias firmes por delito fiscal, de contrabando o de insolvencia punible. No se publicarán este tipo de sentencias si el condenado salda su deuda antes de que la sentencia sea firme.

Esta medida, dependiente del Ministerio de Justicia, será de aplicación a las sentencias que se dicten tras la entrada en vigor de la ley, el próximo 10 de noviembre. Aunque la ley se publicó en el BOE el 10 de septiembre, su entrada en vigor está estableció para dos meses después.