Los funcionarios de baja podrán cambiar la fecha de vacaciones

La medida se ha aprobado después de que Bruselas abriera un expediente

EL PERIÓDICO / BARCELONA

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El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha dictado una resolución, publicada ayer viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que permite aplazar sus vacaciones a los empleados públicos que se encuentren de baja por incapacidad temporal o disfrutando de su permiso de maternidad o paternidad. En concreto, cuando el periodo de vacaciones previamente fijado o autorizado no se haya iniciado y pueda coincidir con una baja por enfermedad, con situaciones de riesgo durante la lactancia o el embarazo o con los permisos de maternidad, paternidad o acumulado de lactancia, se permitirá a los empleados públicos disfrutar de sus vacaciones en una fecha distinta.

Aunque el periodo de vacaciones no hubiera sido fijado o autorizado previamente, los empleados públicos que no puedan iniciar sus vacaciones en el año natural correspondiente por encontrarse en alguna de las situaciones anteriores, podrán aplazarlas al año siguiente.

No obstante, en el supuesto de encontrarse de baja por incapacidad temporal, el periodo de vacaciones podrá disfrutarse una vez finalizada y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final de año en que éstas se hayan originado. En caso de enfermar durante las vacaciones se aplicará el mismo criterio. Si el permiso de paternidad o maternidad o una situación de riesgo durante el embarazo se produjera en vacaciones, estas quedarían interrumpidas, pudiendo disfrutarse el resto en un periodo distinto dentro del mismo año o al año siguiente. A efectos de calcular el periodo anual de vacaciones, no se descontarán del mismo las ausencias de los empleados públicos derivadas de enfermedad, accidentes o permisos y licencias, ya que éstas se considerarán como días trabajados.

El pasado mayo, la Comisión Europea expedientó a España por considerar que no estaba aplicando correctamente las normas de la UE sobre tiempo de trabajo, y en particular sobre vacaciones, a los trabajadores del sector público. En concreto, Bruselas instó a España a «respetar el derecho de los trabajadores del sector público a aplazar unas vacaciones anuales no disfrutadas por motivo de enfermedad y a que estas vacaciones pendientes les sean abonadas en caso de extinción del contrato de trabajo».