MODELO TURÍSTICO

Catalunya permitirá alquilar a turistas habitaciones de viviendas

Los portales de internet como Airbnb no podrán comercializar pisos que no estén registrados

Apartamentos turísticos en Barcelona.

Apartamentos turísticos en Barcelona.

SONIA GUTIÉRREZ / BARCELONA

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Los propietarios de viviendas en Catalunya podrán alquilar a los turistas las habitaciones de sus casas, siempre que cumplan algunos requisitos, según la nueva regulación de alojamientos turísticos que prepara el Govern. Actualmente, la normativa en vigor solo permite el alquiler turístico de los apartamentos enteros, no por estancias sueltas, por lo que la modificación de la ley abre la puerta al bed & breakfast, una modalidades de alojamiento que hasta ahora no está prevista dentro de la ley catalana, si bien en la práctica sí se usa.

El conseller d'Empresa i Ocupació, Felip Puig, explicó ayer que el objetivo de la nueva normativa turística es ordenar y regularizar las diferentes modalidades de alojamientos, así como «evitar la economía sumergida, situaciones de indefensión al consumidor y de degradación de la oferta». El Govern pretende regular de este modo una de las actividades de la llamada economía colaborativa, que tiene entre sus principales exponentes a Airbnb, web de alquiler de domicilios particulares que el año pasado fue multada por la Generalitat con 30.000 euros por incumplir la normativa.

Puig negó que la norma sea una manera de contrarrestar la moratoria turística anunciada por la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ya que hacía tiempo que se estaba trabajando en el texto. No obstante, recalcó que el Govern apuesta por ser «proactivo» en lugar de «prohibitivo».

MÁXIMO CUATRO MESES

Según el proyecto de normativa, para que un particular pueda alquilar habitaciones a turistas, deberá ser el propietario de la vivienda en cuestión, estar empadronado y pernoctar en ella durante la estancia del cliente. Podrá alquilar solo una o dos habitaciones, un máximo de cuatro meses al año y prestar como único servicio de comidas el desayuno. El arrendatario se hará responsable de las infracciones y el incumplimiento por parte del inquilino de la normativa turística, de vivienda, consumo y municipal.

Una de las consecuencias inmediatas del cambio normativo será que, al pasar a ser consideradas como alojamiento turístico, las habitaciones en vivienda compartida deberán estar inscritas en el Registre de Turisme de Catalunya (RTC) y someterse al pago de la tasa turística.

También deberán pagar el impuesto las áreas de acogida de autocaravanas, una modalidad de alojamiento que no está regulada y que se incluirá en la futura ley. Estas áreas estarán destinadas en exclusiva a las autocaravanas en tránsito, que se estén un máximo de 48 horas (no se aceptarán por tanto ni bungalós ni módulos). El Govern afirma que intenta cubrir una «demanda muy alta» de turitas del norte y centro de Europa y de Italia que hacen ruta.

PISOS TURÍSTICOS 

También se modificarán modalidades de alojamientos que ya están contempladas en la ley. Así, se considerarán viviendas de uso turístico cualquier piso que se comercialice en webs turísticas, independientemente de la duración de la estancia (el límite máximo actual es 31 días). En cuanto a los hoteles o edificios de apartamentos, se permitirá el régimen de condominio, es decir, que las habitaciones tengan diferentes propietarios.

En materia de sanciones, se obligará a los intermediarios (incluidos los portales de internet) a informar en su publicidad del número de RTC de cada alojamiento, y se les prohibirá comercializar la oferta turística ilegal.

Las líneas de la futura normativa turística han sido debatidas con las partes implicadas, incluidos representantes empresariales y de la administración local, y a partir de ahora se someterá a un proceso de consulta pública, tras el cual se podrán incluir enmiendas al proyecto. La normativa se aprobará por la vía del decreto, por lo que no pasará por el Parlament de Catalunya.

Todo el proceso puede alargarse entre cinco y ocho meses, según fuentes del Departament de Empresa i Ocupació, por lo que no se prevé que entre en vigor antes de las elecciones autonómicas catalanas, previstas (aunque no convocadas aún) para el 27 de septiembre.