Al banco, con el DNI

El día 30 acaba el plazo para facilitar datos identificativos a las entidades y financieras como la de El Corte Inglés y evitar el bloqueo de cuentas

Caja 8Una empleada de El Core Inglés en Barcelona durante el 'black friday' ceelbrado en noviembre pasado.

Caja 8Una empleada de El Core Inglés en Barcelona durante el 'black friday' ceelbrado en noviembre pasado.

AGUSTÍ SALA / BARCELONA

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Es posible que en los últimos día su entidad bancaria se haya puesto en contacto con usted para que le facilite su DNI. O que haya recibido un correo de El Corte Inglés, si es titular de su tarjeta, para que les remita una imagen de su documento de  identidad. De lo contrario se puede llevar la desagradable sorpresa de que le bloqueen las cuentas.

El 30 de abril finaliza el plazo para que bancosaseguradoras de vida, emisoras de tarjetas, gestoras de fondos, financieras o casinos, entre otras exijan a clientes, socios o partícipes el DNI y otra documentación que acredite la procedencia de sus ingresos para cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales.

La ley 10/2010, de 28 de abril otorgaba un plazo de cinco años para cumplir con este requisito e identificar a todos los clientes y personas con las que mantengan relaciones. En algunos casos se requiere también información sobre la actividad, como la nómina, la declaración de la renta, la declaración de IVA si es autónomo o el contrato laboral, entre otros documentos. Si son sociedades se piden las escrituras y la estructura accionarial. El real decreto 304/2014, de 5 de mayo desarrolló de forma detallada las obligaciones a cumplir. La regulación persigue que las entidades tengan identificados a los clientes y conozcan el origen de los fondos que les han cedido en custodia.

La petición se dirige incluso a clientes con los que existe relación desde hace tiempo, ya que por diversas razones (apertura de la cuenta en una fecha en la que no fuera obligatoria la obtención del DNI, u otras) puede ocurrir que la entidad no disponga de copia del DNI. La obligación se extiende a los cotitulares y/o autorizados en las cuentas.

El Corte Inglés también se ha puesto en contacto con clientes titulares de la tarjeta de la cadena, de las que circulan casi 11 millones (datos del informe del 2013). En el correo remitido afirman que «todas las entidades financieras, y como tal la Financiera de El Corte Inglés» están obligadas a «disponer de la imagen del documento identificativo de nuestros clientes». En este caso, en el que facilitan incluso hacer el trámite mediante un smartphone y  un código BIDI o una web, el plazo que establecen finaliza el 28 de abril.

La cadena perdió hace unas semanas una batalla jurídica contra Hacienda relacionada con la obligación de identificar a los titulares de su tarjeta que realizaron compras de más de 30.000 euros. La compañía se había negado a cumplir un requerimiento del 2008 de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude. Primero la Audiencia Nacional en el 2012 y el mes pasado el Tribunal Supremo le han obligado a hacerlo aplicando la misma doctrina de una sentencia de diciembre relativa a un requerimiento similar sobre las tarjetas 4B.

En cuanto a la obligación de aportar información, la Asociación Española de la Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) han solicitado la «comprensión y colaboración» de los clientes para que, en el caso de ser requeridos, aporten su documentación antes del próximo 30 de abril. A pesar de que el plazo aún no ha vencido hay clientes de alguna entidad a los que se les ha solicitado documentación identificativa y  que ya han sufrido algún bloqueo de cuentas.