NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Las alternativas al IPC para subir los sueldos ganan peso en los convenios

ANTONI FUENTES / BARCELONA

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Antes del inicio de la crisis, las mesas de negociación de los convenios colectivos eran campos de batalla en los que el objetivo era garantizar que los sueldos se incrementaran algo más que el índice de precios de consumo (IPC). Los años y la recesión han recortado los salarios de muchos trabajadores y han acelerado la tendencia al cambio del IPC como referente único por varias alternativas entre las que destacan la productividad medida como facturaciónbeneficio o mejora del resultado o bien el contexto económico sectorial o del conjunto del país.

Las recomendaciones de las patronales CEOE y CEPYME y los sindicatos CCOO y UGT recogidas en el Acuerdo sobre Empleo y Negociación Colectiva que estaba vigente desde el 2012 hasta diciembre del 2014 han ido calando. En el texto del acuerdo -cuya renovación se está negociando ahora-, se menciona la necesidad de que los convenios colectivos incluyan «componentes adicionales de actualización de salarios basadas en la evolución de indicadores económicos (salario variable) asociados a la marcha de la empresa (beneficios, ventas, productividad».

Parte variable

«De forma preferente -indica el pacto-, los incrementos derivados de esos componentes adicionales de actualización se integrarán en la parte variable del salario, que debe adecuarse a la realidad sectorial y empresarial».

En los últimos años, los convenios de algunas grandes empresas y sectores han ido incorporando esos nuevos referentes. El sueldo de los trabajadores de ONO puede subir hasta un 5% y bajar un 4% en función del resultado bruto de explotación. En Iberdrola Ingeniería, la actualización de los salarios tiene en cuenta los criterios de cumplimiento de los objetivos del resultado de explotación (con una ponderación del 65%) y la contratación de nuevos proyectos con terceros (35%). El fabricante de envases Logifruit solo sube los sueldos de sus trabajadores si el beneficio neto crece, como mínimo, un 1% y se aplicará sobre el salario mínimo garantizado.

La introducción de los nuevos referentes ligados a la actividad de la empresa choca a menudo con recelos por parte de los representantes de los trabajadores, que tienen miedo a que se produzca un maquillaje interesado de las cifras, y de las propias empresas.

En la circular del año pasado sobre negociación colectiva enviada por la dirección de la CEOE a las empresas y gremios, se afirma que «la contrapartida a este cambio de cultura -la indexación de los sueldos con beneficios y facturación- es el traslado a la contraparte de las previsiones económicas con la consiguiente información de la situación financiera de la empresa, las previsiones de mercado y de la producción, costes unitarios, etc., así como la repercusión de estos factores en la estructura del negocio».

Inflación subyacente

En algunos convenios que mantienen el IPC como referente se han pasado a la inflación subyacente para eliminar las fluctuaciones que provocan las oscilaciones del precio de los carburantes. El convenio del grupo Endesa establece que se abonará una paga en febrero en concepto de revisión salarial si el IPC subyacente supera unos parámetros determinados.

Un 38,4% de los convenios analizados en un sondeo llevado a cabo por la CEOE aplican la fórmula mixta de revalorización recomendada por las cúpulas patronales y sindicales de prever unas subidas salariales en función de cómo evolucione el producto interior bruto (PIB) con una revisión posterior con el IPC sin tener en cuenta los picos de cotización del petróleo y con una reserva del 50% para conceptos ligados a la marcha de la empresa o el sector. La media de incremento salarial resultante de los acuerdos de negociación colectiva, que cerró el 2014 en el 0,57%, ha tardado tres años en acercarse a la recomendación de que los sueldos no subieran el año pasado más del 0,6% si el PIB del ejercicio anterior no subía más del 1%.