El Supremo rebaja a 2 años y dos meses la pena por cohecho activo al constructor Josep Lluís Núñez

El alto tribunal también reduce a 6 años y 10 meses la condena a exinspector jefe de Hacienda en Catalunya, Josep Maria Huguet

JESÚS G. ALBALAT / MARGARITA BATALLAS / Barcelona / Madrid

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente los recursos de casación interpuestos por 13 de los condenados en la

sentencia dictada por la Audiencia de Barcelona en julio del 2011 en relación con una trama de inspectores de Hacienda que, en

connivencia con determinados empresarios, favorecían el ahorro fiscal de estos últimos a cambio de dinero o dádivas hace más de 20 años. Como consecuencia de ello, el constructor y expresidente del Barça, Josep Lluís Núñez, ha visto reducida su condena por cohecho activo de seis años a dos años y dos meses. Esta pena comporta el ingreso en la cárcel.

También el exjefe de la Inspección de Hacienda en Catalunya, Josep Maria Huguet, ha visto reducida su pena de 13 años a seis años y 10 meses. En su caso está condenado por delitos continuados de cohecho pasivo, falsedad en documento oficial y prevaricación.

La sentencia, de 392 folios y de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, analiza como cuestión principal la calificación como delito de falsedad de la omisión consciente de datos fiscales relevantes que realizaron algunos de los inspectores en las actas de liquidación, datos que de haberse incluido habrían llevado a una liquidación distinta.

La resolución distingue entre lo que serían juicios de valor del inspector, que no llevan a la mendacidad propia de la falsedad por

omisión, y los datos fácticos que sí son relevantes fiscalmente. Frente a la alegación de la defensa de Huguet de que este no podía

detectar esas omisiones, la sala afirma que "dada la naturaleza de las operaciones de riesgo fiscal, como las que estaban detrás del acta, y la gran relevancia económica de las operaciones, no resulta creíble que el jefe regional se limitase a una supervisión meramente formal del acta".

El tribunal tiene en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas, que atribuye, entre otras razones, a la "cuestionable decisión" de las

instancias anteriores de acumular hasta siete piezas en un solo procedimiento y a la "disparatada prolongación de las sesiones del

juicio oral".

Los hechos sobre los que se ha pronunciado el Supremo tuvieron lugar hace 21 años y desde el comienzo de la investigación

hasta que se dictó la primera sentencia transcurrieron 12 años y medio. La sala muestra también su extrañeza por el hecho de que no se formulara acusación por delito de fraude fiscal y añade que esa decisión determina dejar sin efecto la responsabilidad civil declarada por la Audiencia de Barcelona.

El Tribunal decreta el comiso del dinero o de las dádivas recibidos por los funcionarios de Hacienda, que ascendieron a más de tres millones de euros. Entre los condenados hay cinco inspectores financieros y tributarios: Josep María Huguet, a quien se impone una pena de 6 años y 10 meses de prisión y de 8 de inhabilitación; Manuel Abella (6 años y 6 meses de prisión y 2 años de suspensión de empleo o cargo público); Roger Bergua (2 años de cárcel); Álvaro Pernas (2 años de cárcel); y Juan José Lucas (54.000 euros de multa).

Además, el Supremo condena a los empresarios José Luis Núñez Clemente y a su hijo José Luis Núñez Navarro a 2 años y dos meses

de prisión; a Salvador Sánchez Guiu (2 años y dos meses); Juan Antonio Sánchez Carreté (dos meses de arresto); Eduardo Bueno (1 año y ocho meses de prisión y dos años de suspensión para empleo o cargo público); Francisco Colomar (1 año y ocho meses de cárcel y dos años de suspensión para empleo o cargo público); y Mayra Mas (24.000 euros de multa).