Las consecuencias del ajuste presupuestario

La amnistía fiscal favorece al fraude de los últimos cinco años

Sede de la Agencia Tributaria en Sant Cugat del Vallès.

Sede de la Agencia Tributaria en Sant Cugat del Vallès.

AGUSTÍ SALA
BARCELONA

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Amnistía fiscal, pero limitada. Los expertos consultados consideran que la medida de gracia para aflorar rentas ocultas acordada por el Gobierno favorece al dinero negro obtenido durante los últimos cinco años, ya que aún no ha prescrito la falta o el posible delito fiscal (cuota defraudada superior a 120.000 euros).

E incluso para estos puede ser peligroso confesarse con el fisco, aunque este se haya comprometido a la confidencialidad tras pagar un peaje liberador del 10%, afirman los expertos. De ahí que se dude de la efectividad de la iniciativa. Las dudas surgen del hecho de que para los ejercicios ya prescritos (una vez transcurridos cuatro años en el caso del procedimiento administrativo, y cinco en el penal) suele resultar mejor la regularización voluntaria de los rendimientos, recogida en la ley general tributaria. Incluso con los recargos previstos y la rebaja por pago al contado, esa operación suele acabar con una tributación efectiva del 4%, 5% o 6%, muy por debajo del peaje del 10%, explica Esteban Raventós, socio-director de Baker & McKenzie en Barcelona. Y se gana la tranquilidad tributaria.

La regularización voluntaria con declaraciones complementarias de los últimos cuatro años es un procedimiento que desde el 2009 ha crecido, asegura Raventós. Han contribuido a ello la presión internacional sobre los paraísos fiscales, así como las fugas de datos sobre cuentas opacas como sucedió con los casi 700 españoles con fondos en el banco suizo HSBC. Hacienda ingresó unos 260 millones de estos mediante regularizaciones voluntarias. El problema se zanja con un gravamen reducido sobre una pequeña parte del capital (el rendimiento obtenido).

El tipo especial del 10% establecido para la amnistía decretada por el Ejecutivo solo resulta ventajoso «para quienes hayan obtenido sumas que no son capaces de justificar durante los últimos cuatro o cinco años», afirma Raventós. Si estos casos son detectados podrían tener que tributar hasta el 56% en el IRPF o hasta el 27% si son rentas del ahorro. Para ejercicios anteriores al 2006, hay que analizar cada caso. Puede pasar que, una vez prescrito el fraude, los rendimientos obtenidos del principal sean pérdidas con las que compensar ganancias actuales.

PERIODO DE 10 AÑOS / Muchos expertos creen que sería más efectivo alargar los plazos de prescripción hasta los 10 años de Francia o Italia o los 20 a los que se puede llegar en el Reino Unido. Josep Maria Noguera, de la Associació Professional de Tècnics Tributaris de Catalunya i Balears (APTTCB), destaca que una medida de este tipo es «reprobable» por el agravio que supone con respecto a quienes cumplen con sus obligaciones fiscales, pero a la vez entiende que se trata de algo «excepcional».

Por su parte, Jordi Altayó, presidente de la comisión tributaria del Col.legi de Gestors de Catalunya --esta entidad fue de las primeras que pidió alguna medida especial para aflorar capitales ocultos--, advierte de la importancia de tener un elemento de prueba que permita justificar «que el origen del dinero ha prescrito». Hacienda puede poner pegas en este punto, avisa. Y ese problema se puede dar en mayor medida con el dinero negro en España que con el que está en cuentas bancarias en Suiza o Liechtenstein.