ANÁLISIS
¿Cómo se paga una cláusula de rescisión? 10 preguntas y respuestas sobre el fichaje de Joan García por el Barça
El portero del Espanyol ha alcanzado un acuerdo para convertirse en nuevo jugador de la entidad azulgrana: solo falta el pago de la cláusula de rescisión de 25 millones de euros

El portero del Espanyol Joan García. / Andreu Dalmau / EFE


Sergio R. Viñas
Sergio R. ViñasPeriodista
Sergio Rodríguez Viñas nació en Sabiñánigo (Huesca) en 1989 y se licenció en Periodismo por la Universidad de Navarra en 2011. Desde 2009 y hasta 2021, trabajó en El Mundo como corresponsal de Deportes en el País Vasco y Navarra. En septiembre de 2021, se incorporó al equipo fundacional de El Periódico de España como redactor y posteriormente jefe de Deportes, cubriendo el Mundial de Qatar 2022 y los Juegos Olímpicos de París 2024. Desde abril de 2025 forma parte de El Periódico, como redactor especializado en los clubes de fútbol de Madrid (Real Madrid y Atlético) e instituciones como LaLiga, la RFEF, el CSD y el COE.
Joan García se convertirá en breve en nuevo jugador del Fútbol Club Barcelona. El hasta ahora portero del Espanyol y el club azulgrana han alcanzado un acuerdo total que solo está a expensas de un trámite imprescindible: el pago de los 25 millones de la cláusula de rescisión del futbolista. A diferencia de lo que ocurre con la mayoría de fichajes, los dos clubes no han negociado un traspaso.
Este procedimiento extraordinario para fichar a un futbolista tiene diferencias sustanciales con los cientos de traspasos tradicionales que se producen cada verano en España. Cambian ciertos mecanismos, la imposición o no de algunos impuestos, la capacidad para aplazar pagos... Tratamos de dar respuesta en este artículo a 10 dudas habituales en torno a las cláusulas de rescisión.
La cláusula de rescisión es un acuerdo contractual entre un club y un deportista, por el que este último puede extinguir el contrato laboral firmado entre ambas partes a cambio de una cantidad indemnizatoria fija y previamente negociada. Su origen está en el Real Decreto 1006/1985, en el que se regula "la relación laboral especial de los deportistas profesionales", promulgado para acabar con un sistema que permitía a los clubes, en la práctica, retener de por vida a sus jugadores, aun después de la finalización de sus contratos. Es decir, es una válvula de escape para el trabajador. O al menos esa era la voluntad del legislador al impulsar la instauración de esa figura.
No, desde hace décadas es costumbre en el fútbol español que los contratos las incluyan, pero no hay obligación de que así sea. De hecho, hay jugadores sin cláusula. El Athletic Club fue pionero en esa práctica, con jugadores como Muniain y De Marcos, una tendencia que ha continuado con hombres como Simón, Vivian, Sancet, Jauregizar... En la mayoría de países de nuestro entorno esta figura no existe, aunque son habituales cláusulas similares, en las que el club se compromete por contrato a aceptar ofertas que alcancen cierta cantidad de dinero.

Joan Garcia está a punto de fichar por el Barça. / AFP7 vía Europa Press
No. Son dos operaciones diferentes. Primero, el futbolista debe resolver el contrato con su anterior club mediante el pago de la cláusula. Eso le convierte en agente libre, con capacidad para ser contratado por cualquier otro club. Con posterioridad a la rescisión, el jugador firma el acuerdo laboral con su nuevo club, sea el que paga la cláusula o cualquier otro. Aunque, obviamente, el club que le ficha se asegura de que ambas operaciones estén vinculadas.
Podría hacerlo si quisiera, pero no es necesario. No lo hará. Imágenes como la de Javi Martínez en 2012, acudiendo a la sede de LaLiga a abonar al Athletic personalmente su cláusula y firmar ahí mismo su contrato con el Bayern de Múnich, ya no son necesarias. De hecho, nunca lo fueron. El futbolista puede otorgarle un poder a quien él quiera (suelen ser los abogados del club de destino) para que proceda al abono de la cláusula de rescisión en su nombre.

Javi Martínez sí acudió a LaLiga a pagar su cláusula. / BAYERN
Ni siquiera eso. Hace años sí que era necesario el pago presencial, pero ahora todo ese tipo de procesos están telematizados a través de LaLiga Manager, la 'súper aplicación' con la que los clubes realizan todo tipo de gestiones con la entidad que preside Javier Tebas: altas y bajas de jugadores, presentación de documentos para el control económico, la indumentaria que quieren usar en cada partido, peticiones extraordinarias para los partidos... Es decir, el procedimiento de pago de cláusula es, ya como casi todo, una cuestión de clics.
La Dirección General de Tributos, órgano del Ministerio de Hacienda, aclaró en 2016 que el pago de una cláusula de rescisión solo está grabado (en caso de que la sociedad obtengan beneficios contables en los ejercicios fiscales afectados) por el Impuesto de Sociedades, como cualquier otro activo deportivo o no deportivo de los clubes y SADs. Al tratarse de una indemnización y no de una compraventa entre dos sociedades, la operación está exenta de IVA, a diferencia de lo que ocurre con un traspaso ordinario. Joan García tampoco debe pagar IRPF por los 25 millones de euros, en el improbable caso de que llegaran a pasar por una cuenta bancaria, porque no son ingresos remuneratorios, sino de incremento y pérdida patrimonial, según la doctrina fijada por Hacienda. Sobre el IPC, depende de la redacción de cada contrato: sólo debe abonarse si así quedó específicamente redactado en el contrato.
No. Al ser una indemnización por rescisión de contrato, el pago ha de ser inmediato. Es decir, mientras el dinero no esté en la cuenta del Espanyol, Joan García seguirá siendo jugador perico. Esta exigencia provoca que, en muchas operaciones, los clubes implicados se avengan a negociar un traspaso a plazos por un importe superior a la cláusula: el club que vende acaba recibiendo más dinero y el que compra puede fraccionar el pago para no tensionar su tesorería. No va a ser este el caso del fichaje de Joan García por el Barça.

Joan García, en uno de sus últimos partidos con el Espanyol. / Alberto Estevez / EFE
Sí, son cuestiones independientes. LaLiga puede denegar la inscripción de un futbolista si el club en cuestión no tiene límite salarial, pero no puede oponerse a ningún fichaje, no tiene competencias para ello. La única labor de LaLiga es comprobar que la cantidad depositada (mediante cheque, transferencia bancaria o cualquier otro método de pago inmediato legalmente válido) se corresponde con la cláusula de rescisión y cerciorarse de que la cuenta desde la que se paga tiene fondos para abonar con efecto inmediato la cantidad en cuestión.
Como cualquier otro fichaje. El Espanyol verá incrementado su límite en 25 millones de euros, al ser un jugador formado en su cantera por el que en su momento no pagó traspaso. En cuanto al Barça, esos 25 'kilos' se dividirán entre cada uno de los años de contrato que firme el jugador. Es decir, y a modo de ejemplo, si Joan García firma por cinco años, su fichaje tendrá una repercusión de cinco millones de euros en cada uno de esos cinco años. Además de la cantidad que pacten como salario, claro está.
No. El Barça, en este caso, ni siquiera tiene que entablar conversaciones con el Espanyol para fichar a Joan García. No tiene ni que avisarle. El contrato que firmó el portero recoge su derecho a romperlo mediante el pago de los 25 millones, por lo que lo único que podría hacer el Espanyol es ofrecerle un nuevo contrato que elevara esa cantidad, pero no evitar el 'clausulazo'. En puridad, y aunque suene contradictorio, Joan García estará cumpliendo su contrato al rescindirlo.
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