LEGISLACIÓN EN CURSO
La nueva ley antidopaje protegerá al denunciante y culpará también al instigador
El anteproyecto de ley amplía sanciones más allá del deportista y contempla la creación del Comité Sancionador Antidopaje como órgano único para dictaminar penas

Muestras enviadas por la Guardia Civil en el laboratorio de la Agencia Estatal Antidopaje. /
Después de casi tres lustros de avance del deporte desde que tuvo lugar la mayor acción policial en España contra el dopaje, la Operación Puerto (2006), la nueva ley antidopaje que ultima el Gobierno salda, con nuevos delitos para perseguir a los instigadores y para proteger a los denunciantes y testigos, una suerte de deuda histórica con los errores cometidos en aquella intervención.
El anteproyecto de la nueva Ley de Lucha contra el Dopaje en el Deporte, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, contempla la tentativa de comisión de dopaje como un nuevo delito que será sancionable. El mismo grado de infracción delictiva le va a otorgar a amenazar o intentar intimidar a un testigo que comunique a las autoridades información relativa a una presunta conducta de dopaje, así como a tomar represalias contra el denunciante después de la resolución.
La nueva ley, que tendrá que ser aprobada por el Consejo de Ministros, es necesaria para actualizar la legislación española al nuevo Código Mundial Antidopaje que entra en vigor el 1 de enero de 2021, pero también es una actualización necesaria para garantizar el desarrollo adecuado y sin injerencias de los procesos de investigación del dopaje en el deporte español.
Unificación de sanciones
La nueva legislación pretende unificar, como parte de la actualización de los métodos y organismos en la lucha contra el dopaje, toda la gestión en materia sancionadora con la creación del Comité Sancionador Antidopaje, un órgano específico para otorgar las penas en todos los procesos antidopaje, por encima de federaciones u otros organismos. Sus resoluciones serán inmediatamente ejecutables y el final de la vía administrativa, aunque los deportistas o demás sancionados podrán recurrir por la vía contencioso-administrativa.
Entre las competencias sancionadoras del nuevo comité, además de las que ya tenía la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, se contempla que la suspensión provisional de la licencia se prolongue durante toda la tramitación del procedimiento y no pueda ser revocada salvo por la aparición de circunstancias o acontecimientos no conocidos en el momento de la sanción.
El nuevo Comité Sancionador Antidopaje estará integrado dentro de la Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, el organismo que va a sustituir a la actual Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte y que, como su predecesora, es el encargado de establecer y ejecutar las medidas de control del dopaje sobre los deportistas. La nueva comisión contará con representación de los deportistas y de los representantes públicos de Deporte y Salud de las Comunidades Autónomas.
Viejas reivindicaciones
Noticias relacionadasEntre diversas novedades y actualizaciones que contempla la nueva legislación, destacan dos demandas históricas de los deportistas, una de los profesionales y otra de los populares: Se establece la franja horaria entre las 23.00h a las 05.00h para que no se puedan hacer controles de dopaje fuera de competición, para humanizar inspecciones que habían sido a horas intempestivas y que ahora no tienen ninguna restricción. Además, se incorpora la figura del “deportista aficionado”, como una persona sobre la que también se aplica la ley antidopaje. En el foco están las marchas, carreras, maratones populares y demás eventos, que ahora tendrán la potestad de hacer controles y a los que las autoridades podrán fiscalizar.
Al abrigo del nuevo Código Mundial Antidopaje, la nueva ley española contempla también sanciones para el uso de las llamadas “sustancias de abuso”, que son aquéllas de las que la sociedad abusa con frecuencia en contextos distintos del deportivo y que aparecen en los listados de sustancias prohibidas. En esos casos, y siempre que el deportista que probase que fue usada fuera de competición y sin el propósito de incrementar su rendimiento, será sancionado tres meses, reducibles a uno si completa un programa educativo contra el uso indebido de sustancias.
¿Ya eres usuario registrado? Inicia sesión
Este es un contenido especial para la comunidad de lectores de El Periódico.Para disfrutar de estos contenidos gratis debes navegar registrado.
- Fiscalidad Aviso de Hacienda: a partir de ahora, los autónomos pagarán este impuesto obligatorio
- Sistema de pensiones Las pensiones que salen más beneficiadas tras la reforma de Escrivá
- Suceso en Poblenou Detenido el hombre que mató a golpes a un vecino de Barcelona tras una pelea
- Por aparcamiento Mollet retira unas 50 multas que puso por error a familiares de Mossos que se graduaron en la ciudad
- Tickets de la Kings League Piqué ofrece entradas por "tirarse de un quinto piso" y cometer delitos en Málaga: "Y te pagamos la multa"
- En 'Todo es mentira' Esperanza Aguirre queda muda y retratada por un entrevistado en Cuatro: "Es por su ineptitud y su mala praxis política"
- Entrevista Savinho, la sensación del Girona que creció en una granja: "Si a los rivales no les gusta mi alegría, me da igual"
- TRAS ALMENDRALEJO La Guardia Civil confirma otro caso de manipulación de fotos de menores desnudas en Huelva
- Energía País Vasco abre la carrera por la eólica marina flotante a la que aspira Asturias
- Plan de recuperación El Gobierno acuerda con Bruselas no implantar peajes en las autovías en 2024