El Tribunal de Estrasburgo ratifica la inhabilitación de Platini

La Sala subraya la gravedad de las infracciones cometidas por el expresidente de la UEFA

Michel Platini sale de declarar ante el TAS el pasado martes.

Michel Platini sale de declarar ante el TAS el pasado martes. / periodico

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó este jueves la demanda del francés Michel Platini, expresidente de la UEFA, contra Suiza por la sanción que le impuso la FIFA por un caso de corrupción económica y concluyó que "no fue excesiva ni arbitraria". La Sala Tercera de la corte europea, que tomó su decisión por unanimidad, explica que el Tribunal Federal suizo dictaminó "a la vista de la gravedad de las infracciones cometidas" por Platini, del puesto dirigente que ocupaba y de "la necesidad de restablecer la reputación" del fútbol y la de la FIFA.

Estima que los órganos judiciales suizos tuvieron en cuenta todos los intereses en juego para confirmar la medida sancionadora adoptada por la FIFA (ocho años de suspensión de toda actividad vinculada al fútbol) y reducida después (a cuatro años) por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

Contra esta decisión de inadmisión no cabe recurso ante el Tribunal de Estrasburgo.

Todas las garantías

Por ello, el excapitán de la selección francesa "tuvo todas las garantías institucionales y procesales internas, que le permitieron impugnar la decisión de la FIFA y hacer valer sus quejas".

Platini fue elegido en 2007 presidente de la UEFA y ejerció de vicepresidente de la FIFA. Esta organización, con sede en Suiza, le abrió un procedimiento disciplinario en 2015 por un supuesto suplemento salarial recibido en 2011. De acuerdo con sus conclusiones, ese complemento de casi dos millones de euros y lo recibió en el marco de un contrato verbal con el presidente de la FIFA, por las actividades de consejero que ejerció entre 1998 y 2002.

La Comisión de Ética de la FIFA le condenó inicialmente a ocho años de inhabilitación para ejercer cualquier actividad ligada al fútbol nacional o internacional y a una multa de 80.000 francos suizos (unos 75.000 euros). La Comisión de Apelación rebajó después la suspensión a seis años.

El recurso

Platini recurrió posteriormente al TAS y alegó que los artículos del Código de Ética de la FIFA "no se aplicaban en el momento de la comisión de los hechos" y que la sanción le parecía "excesiva".

El TAS redujo la sanción a cuatro años de inhabilitación, periodo que ya se ha cumplido, y a 60.000 francos suizos (unos 56.000 euros) de multa.

El demandante apeló ante el Tribunal Federal suizo, que confirmó la decisión del TAS con el argumento de que la prohibición para ejercer cargos "no parecía excesiva", teniendo en cuenta la edad de Platini (61 años en 2015).

El francés demandó a Suiza en 2018 ante el Tribunal de Estrasburgo, al entender que no se había protegido su derecho a un juicio justo, que se había infringido el principio de que no puede haber una pena que no esté contemplada en la normativa y que tampoco se había respetado su derecho al respeto de la vida privada y familiar.

Contra esta decisión de inadmisión no cabe recurso ante el Tribunal de Estrasburgo.

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