POLÉMICO CASO RESUELTO
Competición archiva el expediente al Reus por exhibir la 'senyera'
El organismo no ve una "infracción tipificada" en el código disciplinario
El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) acordó sobreseer el expediente abierto a los clubs Reus y Osasuna tras el enfrentamiento que disputaron el 23 de septiembre, dentro de la sexta jornada, en el que se exhibió "una bandera cuatribarrada y se entonaron cantos de independencia".
El expediente fue incoado a ambos clubes por el escrito que el Comité de Árbitros envió a Competición, junto al informe del delegado-informador del encuentro, en el que constaba que "antes y durante el desarrollo del mismo, se mostró una enorme bandera cuatribarrada y se gritaron cantos, seguidos masivamente, de independencia". "Asimismo", según dicho informe, "la afición visitante entonó cantos de una conocida canción, variando la letra y en términos 'Qué puta es España'".
Competición explicó este miércoles que el instructor del expediente propuso su sobreseimiento, al concluir que "no era posible formular reproche disciplinario" a Osasuna y que respecto al Reus "no se cometió una infracción tipificada en el Código Disciplinario de la RFEF".
Amparo en dos artículos
Según Competición, "la exhibición de una gran bandera autonómica y los gritos de independencia coreados por la parte de espectadores tienen plena cabida y amparo en los artículos 4.2 (banderas de las comunidades autónomas) y 20.1.a de la Constitución Española (derecho fundamental a la libertad de expresión".
"Teniendo en cuenta que los otros cánticos que también se mencionan en el informe fueron proferidos por la afición visitante (cantos de una conocida canción, variando la letra y en términos "Qué puta es España" -sic-), pese al reproche ofensivo que sí pudiera merecer el tenor literal de los mismos, no puede apreciarse, sin más, un incumplimiento de medidas preventivas, ni una falta de diligencia del club anfitrión ante tales hechos, que de algún modo escapan de su círculo o ámbito de control como organizador", añadió el comité.
También señaló que la cuestión sería distinta si "esos u otros cánticos similares hubieran sido proferidos por los aficionados del Reus", antes de concluir que "concurren las circunstancias necesarias para exonerar de responsabilidad al Reus" y acordar sobreseer el expediente.
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