El TAD mantiene la eliminación del Madrid de la Copa del Rey

Florentino Pérez, en una comparecencia de prensa reciente.

Florentino Pérez, en una comparecencia de prensa reciente. / EFE / GANDUL

CARLOS F. MARCOTE / MADRID

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El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha denegado al Real Madrid la suspensión cautelar de su eliminación de la Copa del Rey, decretada por el juez único de Competición y ratificada el jueves por el Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) a causa de la alineación indebida del jugador Cheryshev en el partido de ida de los dieciseisavos de final. El TAD, reunido este viernes desde las 12.30 a las 3.15 de la tarde, tomará su decisión final en una nueva reunión, una vez tenga a su disposición la nueva documentación reclamada tanto a los clubs implicados como a la federación. Horas después, el club blanco ha hecho público en una nota en la que dice respetar la decisión del triubunal, "que implica que no podrá disputarse el partido de vuelta en la fecha prevista", y anuncia que procederá con carácter inmediato al reintegro del importe de las entradas adquiridas para dicho partido. Eso indica que renuncia a pedir la cautelarísima en un nuevo recurso ante la justicia ordinaria.

“El tribunal, una vez examinados los argumentos del recurrente y la documentación remitida por la Federación, ha acordado no conceder la medida cautelar solicitada por el club por no concurrir los requisitos exigibles por la legislación vigente, sin que ello suponga un pronunciamiento profundo sobre el fondo del recurso”, ha explicado el TAD en un comunicado al término de la reunión de seis de sus siete miembros, entre los que no ha habido voces discordantes.

NOTIFICACIÖN PERSONAL

El club blanco había recurrido al TAD a primera hora de la noche del jueves después de la decisión del Comité de Apelación de ratificar la del juez único de Competición. Había vuelto a argumentar que el jugador no había recibido notificación personal de la sanción y  que existía el precedente del Lorca Féminas, al que se le retiró en enero la pérdida de un partido por alineación indebida de su portera al no haber recibido la comunicación correspondiente de la RFEF al haber cambiado de número de fax.

"Una vez recibido el expediente y el informe se da traslado de este último tanto al recurrente como a cualquier otra parte afectada directamente por el recurso, para que en el plazo máximo fijado --diez días--, puedan elevar sus escritos de ratificación o alegaciones", se añade en el escrito. Por tanto, el TAD no podrá resolver el recurso presentado por el Madrid sin haber recibido primero el escrito de ratificación o las alegaciones por parte del Cádiz, rival del club blanco en los dieciseisavos de final de Copa, pese a lo cual aseguró que "sí está facultado para poder pronunciarse sobre la medida cautelar solicitata" por el Madrid contra la decisión del Comité de Apelación.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

El TAD ha adelantado, sin embargo, que resolverá de manera inmediata y sin dilación alguna desde el mismo momento en que se hayan podido completar todos los trámites de audiencia receptivos". "Para que el TAD pueda resolver sobre el fondo de cualquier recurso planteado debe primero solicitar del órgano que dictó la resolución recurrida --del juez de Competición ratificada después por Apelación-- un informe sobre la misma y, además, se solicita la remisión de la totalidad del expediente administrativo debidamente foliado", añadía en su nota el tribunal, que en principio no volverá a reunirse antes del viernes 18. Entienden, según fuentes cercanas al TAD, que no habría daño irreparable en el caso de que hubiese una decisión final favorable al club blanco, ya que el partido de vuelta podría fijarse fuera de la fecha fijada. Las mismas fuentes señalan que la mayoría de los juristas del tribunal consideran que el recurso del Madrid no prosperará dada la falta de solidez de sus argumentos.

La resolución recogida en el expediente número 241/2015 es "definitiva en vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses desde su notificación", finaliza la nota. Todo apunta a que el partido solo podría disputarse el miércoles próximo en caso de que el club blanco optara por esa vía y un juez de lo contencioso concediera la cautelarísima solicitada. No será así, a la vista del comunicado oficial publicado poco antes de las siete de la tarde en la web blanca, en el que el club dice respetar la decisión del tribunal, "que implica que no podrá disputarse el partido de vuelta en la fecha prevista", e informa de que procecerá con carácter inmediato al reintegro del importe de las entradas adquiridas para dicho encuentro.