Civismo

Cornellà sancionará con 850 euros a los vecinos que dejen residuos fuera de los contenedores

En caso de reincidencia, además, se impondrá una multa por un importe de 1.501 euros

Hasta que se haga la aprobación definitiva de la Ordenanza, se realizará una campaña informativa sobre la nueva normativa

Residuos depositados fuera de contendores en Cornellà de Llobregat.

Residuos depositados fuera de contendores en Cornellà de Llobregat. / Ayuntamiento de Cornellà

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El Ayuntamiento de Cornellà (Baix Llobregat) ha modificado la Ordenanza General de Convivencia Ciudadana de modo que los vecinos que no depositen correctamente los residuos en los contenedores se sancionarán con 850 euros.

En caso de reincidencia, además, se impondrá una multa por un importe de 1.501 euros. Y si, como en algunos casos detectados, se hace uso de turismos, furgonetas u otros vehículos a motor para abandonar los residuos fuera de los espacios adecuados, la sanción será de 2.001 euros.

Desde el Gobierno municipal defienden que esta modificación se realiza con el objetivo de combatir la “actitud incívica y el comportamiento vandálico de algunos ciudadanos y ciudadanas”.

El pasado mes de marzo se cambiaron todos los contenedores de la ciudad -1.500 unidades aproximadamente- por unos nuevos con el fin de “reducir la generación de residuos e incrementar los porcentajes de la recogida selectiva” y así alcanzar el compromiso europeo de reciclar el 60% de los residuos que generamos.

En lo que va de año, la guardia urbana ha sancionado a 533 personas por hacer un mal uso de los contenedores con multas por importe de 300 euros. Ahora, estas sanciones casi se triplicarán.

Hasta que se haga la aprobación definitiva de la Ordenanza, se realizará una campaña informativa sobre la nueva normativa en los espacios públicos de la ciudad a cargo de Guardia Urbana, Serenos y educadores cívicos.

Sancionar el vandalismo

Por su parte, la modificación de la Ordenanza también ha introducido las sanciones por actos vandálicos, es decir, por “daños intencionados a bienes, edificios y mobiliario urbano”.

En tal caso, cuando se produzca una infracción leve, en la que se produzcan daños estéticos o que supongan una reparación sencilla del objeto dañado, la multa será de 600 euros. En caso de infracción grave, que se considera cuando los daños supongan una compleja o elevada reparación, la sanción se establece en la cuantía de 601 hasta 1.000 euros.

La Ordenanza introduce la falta muy grave que hace mención a aquellas actividades que suponen un perjuicio intencionado a bienes públicos y que su reparación o sustitución tiene un coste superior a los 3.000 euros o bien afecta a elementos de valor inestimable por su interés cultural o artístico . En este caso la sanción será de entre 1.001 y 3.000 euros.

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