Ordenanza del Ayuntamiento
Falset, el pueblo de Tarragona que decide cómo pintas tu casa: estos son los colores permitidos y las multas si no se cumplen
El paisaje urbano del municipio es un bien colectivo de interés social que mantiene una armonía cromática muy concreta
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Bodega Cooperativa de Falset, en la comarca del Priorat, Tarragona. / EPC

Falset es un pueblo de Tarragona comprometido con la valorización del pueblo tradicional y el progresivo desarrollo, y por eso ha establecido una normas estéticas para todos los edificios del municipio.
A partir de una ordenanza municipal, el Ayuntamiento ha dictaminado que todas las casas tienen que seguir una misma gama cromática y, además, existe un riesgo de sanción en caso de incumplimiento.
Una villa histórica
Falset, la capital de la comarca del Priorat, en la provincia Tarragona, cuenta con una población con 2.892 habitantes y destaca por su casco antiguo, ya que conserva el encanto de una villa histórica con cultura vinícola.
En su núcleo histórico se encuentra la plaza porticada de la Quartera y la iglesia de Santa Maria, y está rodeado por las montañas. En el territorio municipal se reparten las denominaciones de origen Montsant y Priorat, con numerosas bodegas que marcan profundamente el paisaje.
Pero lo que más llama la atención es la armonía y la coherencia visual del pueblo que se observa entre los colores de sus edificios e infraestructuras. Esto se debe a una iniciativa por parte del Ayuntamiento y del alcalde Carlos Brull, basada en la idea de que el paisaje urbano es un elemento del medioambiente que forma parte de la vida cotidianda de las personas.
Falset forma parte de la Carta del Paisaje del Priorat, un documento de consenso que busca mejorar el paisaje de la comarca y también está clasificado como una zona de máxima protección contra la contaminación lumínica. En consecuencia, necesita configurar un núcleo urbano a partir de diferentes elementos que son variados y complejos, pero que intervienen a dfierentes niveles de percepción: urbanísticos, arquitectónicos, públicos, privados, inmuebles, culturales, sociales, entre otros. Todos ellos establecen una determinada imagen de la ciudad.
Paisaje urbano como bien común
Para Falset, el paisaje es algo que va más allá que una postal bonita y, por eso, debe ser considerado como un bien colectivo de interés social, cultural y ambiental. De esta forma, todo lo que configura el paisaje urbano, es decir, edificios, calles, e infraestructuras forman parte del patrimonio comunitario.
En este contexto, el Ayuntamiento ha dado a conocer la ordenanza reguladora en la que se incluye una carta de colores, que es la herramienta normativa basada en un estudio cromático y en el plan de color del municipio para las fachadas.
El texto normativo distingue dos tipos de colores según el protagonismo en la fachada: los principales para cubrir toda la fachada y los secundarios para elementos como cornisas o losas. Sin embargo, no se pueden combinar al azar los colores entre estas categorias, sino que hay presentar un plano con la propuesta de las tonalidades que tendrá que ser aprobado por los servicios territoriales del ayuntamiento.
Carta de colores
El documento establece los procedimientos obligatorios y en este se indica que los edificios, construcciones o instalaciones fuera de las zonas del Antic Urbà (su centro histórico) y del Eixample, tienen que ser de un color que se integre en el entorno como los tonos terrosos, prohibiendo el blanco y los colores estridentes o llamativos.
La carta de colores establece como los colores principales los marrones suaves, anaranjados pálidos, algunas tonalidades de beige, crema y arena y algún amarillo ocre. Por otro lado, los colores secundarios son: un gris verdoso o verde pálido, un gris azulado muy suave y luminoso y un tono azul lavanda claro.
También se permite el mortero de cal tradicional sin pintar, con textura lisa o rugosa fina.
En la zona industrial, los colores de las fachadas son igualmente colores con tonos tierra, aunque en este caso se admite el hormigón prefabricado sin pintar.
Sanciones por incumplimiento
La carta de colores trata de hacer compatible el desarrollo y la preservación del entorno original para la protección, la reducción de la contaminación lumínica y para la decoración de los edificios.
En el reglamento, el ayuntamiento expone que detectar actuaciones que incumplan la normativa urbanística y la ordenanza municipal, comportará un inicio de los correspondientes expedientes de protección de la legalidad para restablecer el orden legal.
Por este motivo, el incumplimiento de la Ordenanza del Paisaje Urbano puede comportar sanciones y multas, y obliga a la corrección del color aplicado.
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