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La nueva tasa turística en Catalunya entra en vigor este miércoles con estos precios: el BOE lo confirma

Los visitantes que pernocten en los alojamientos de Barcelona llegarán a pagar hasta el triple de lo que pagan ahora por persona y noche

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El sector hotelero de la Costa Daurada, en pie de guerra por el aumento de la tasa turística: "Los visitantes ya pagan muchos impuestos"

Turistas visitan Barcelona bajo el sol.

Turistas visitan Barcelona bajo el sol.

Oriol García Dot

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Este pasado día 23, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha anunciado una modificación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y de creación de la tasa por el servicio de gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto. Esta modificación recibe el nombre de Ley 2/2026, de 6 de marzo.

Esta nueva ley se divide en dos grandes modificaciones. En primer lugar, hay una "modificación de la Ley 5/2017, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono".

La segunda parte de esta nueva normativa corresponde a la modificación del "texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Catalunya". Estas dos modificaciones entrarán en vigor a partir de ste miércoles, 1 de abril.

Repartición de ingresos

En la primera parte de la nueva ley, el BOE anuncia la afectación de los ingresos derivados del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. En la ya obsoleta Ley 5/2017, la normativa dictaba que el 100% de estos ingresos iban al Fons per al Foment del Turisme. Con esta modificación, los ingresos se reparten de la siguiente manera: el 25% va a políticas de la Generalitat de Catalunya en los ámbitos de la vivienda y el 75% restante termina Fons per al Foment del Turisme.

De este 75% de ingresos que van al Fons per al Foment del Turisme, el 50% termina en los municipios en donde están los alojamientos y equipamientos; en el caso del territorio de Arán, ese 50% termina en el Conselh Generau d'Aran; finalmente, el resto de los ingresos del fondo se destinarán al órgano o entes de la Generalitat competentes en materia de turismo.

Modificación de las tarifas

También se han modificado las tarifas que representan los precios del impuesto turístico por persona y por noche. En la anterior normativa, las tarifas para la ciudad de Barcelona y para el resto de Catalunya eran relativamente parecidas y no superaban los 2,25 euros. Las tarifas especiales aplicadas para hoteles de cinco estrellas, cuatro estrellas y otros tipos de establecimientos no superaban los 5 euros.

Tras esta modificación, las tarifas de la ciudad de Barcelona llegarán a 7 y 10 euros respectivamente, mientras que las del resto de Catalunya llegarán hasta los 4,50 euros. Pero a partir del 1 de abril de 2027, volverán a subir todas menos las de Barcelona -que ya habrán subido de golpe este 1 de abril-, hasta llegar a 6 euros en algunos establecimientos. El BOE aclara que estas tarifas irán destinadas al municipio que las impone.

El artículo explica para qué se destinarán los recursos del Fons per al Foment del Turisme. Principalmente, para la sostenibilidad y reducción del impacto ambiental, desestacionalización del turismo, la mejora de infraestructuras y servicios, la digitalización e inteligencia turística y el refuerzo de inspección y control.

Tasa para los ayuntamientos

La segunda parte de la normativa incluye que la Generalitat introducirá una nueva tasa del 1,20%, que deberán pagar los ayuntamientos por la gestión y recaudación del recargo municipal del impuesto turístico por parte de la Agència Tributaria de Catalunya. Es importante saber que la tasa se aplica solo sobre lo recaudado del recargo municipal y la pagan los ayuntamientos que hayan aprobado ese recargo.

Finalmente, esta nueva normativa deroga las siguientes leyes: "El Decreto-ley 6/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. El Decreto-ley 10/2025, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. La disposición adicional del Decreto-ley 21/2025, de 14 de octubre, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal".