APROBADO EN PLENO
La nueva ordenanza contra el botellón de Mataró también perseguirá la mendicidad
La práctica de la mendicidad "insistente, intrusiva o agresiva" será sancionada con una infracción leve
La anterior ordenanza de civismo, de 2014, no contemplaba prohibición alguna de la mendicidad

Botellón en el tren del Maresme y alrededores de la disco Cocoa de Mataró, en una imagen de archivo / JOAN PUIG

El pleno municipal del Ayuntamiento de Mataró ha aprobado inicialmente una nueva ordenanza de civismo y convivencia. Con ella se quiere dar respuesta a las demandas de la ciudadanía en lo que respecta a las conductas en el espacio público de la ciudad.
El documento aprobado recoge una serie de medidas entre las que destaca un incremento de las sanciones por el consumo de alcohol en la vía pública. A partir de ahora, se tipificaran como graves, con una multa mínima de 450 euros.
La práctica del botellón es habitual en zonas como el Polígono del Pla d'en Boet, así como durante el recorrido entre la estación y la zona de ocio nocturno, o en espacios como el Parc Forestal.
Con la nueva ordenanza, el consistorio extiende la prohibición del consumo de alcohol en la vía pública. La norma anterior, de 2014, solo hacía referencia al espacio público, mientras que la ordenanza recién aprobada incluye lugares de pública concurrencia como los espacios privados de uso público.
Además, la nueva norma limita el horario de venta de alcohol en los establecimientos comerciales entre las 23:00 de la noche y las 8:00 de la mañana.
Persecución de la mendicidad
Aparte del botellón, la nueva norma incluye alguna medida que poco tiene que ver con el consumo de alcohol en la calle. Por ejemplo, el texto aprobado contempla la prohibición de determinadas relativa a la mendicidad, un aspecto que no era tratado por la ordenanza aun vigente, de 2014.
Concretamente, el artículo 25 del capítulo 2 del borrador aprobado en el pleno de marzo, señala que el objetivo de la norma es "proteger el derecho que tienen los ciudadanos a transitar por la ciudad de Mataró sin ser molestados o perturbados en su voluntad ante las formas de mendicidad insistente, intrusiva o agresiva, y la protección de las personas cuando la mendicidad se practica utilizando menores o personas con diversidad funcional como reclamo o acompañándose de ellas".
Asimismo, la ordenanza también prohíbe "el ofrecimiento de cualquier bien o servicio a personas que se encuentren en el interior de vehículos públicos o privados".
En el capítulo de sanciones, constan como "infracción leve" las conductas que representen, bajo la apariencia de mendicidad, actitudes insistentes, intrusivas o agresivas que obstaculicen o impidan el libre tránsito de la ciudadanía por los espacios públicos". Se considera, sin embargo, "infracción grave" que menores de edad o personas con diversidad funcional acompañen al mendigo mientras pide caridad.
En esta línea, el pleno también aprobó dotar a la Policía Local de la potestad de desalojar espacios públicos en caso que se produzcan "situaciones de incivismo".
Por lo que respecta a las molestias en el espacio público, como por ejemplo en parques y plazas, la nueva ordenanza establece una limitación horaria para su uso general, o de determinadas actividades en los espacios en que "no sea posible evitar o reducir las molestias derivadas de estos usos o actividades".
El documento introduce la prohibición de reproducir música excesivamente elevada en la vía pública por parte de personas o vehículos, la obligación de los responsables de los establecimientos abiertos al público de evitar el comportamiento ruidoso de sus clientes o la prohibición de acampar vehículos o personas en el núcleo urbano.
Una vez aprobada inicialmente por el pleno municipal, la nueva ordenanza se somete a exposición pública para presentar alegaciones, durante un periodo de 30 días.
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