Falleció en el hospital municipal
Un juzgado concede una indemnización de 134.000 euros por la muerte de una mujer en Badalona tras una negligencia médica
Los cuatro hijos de la paciente presentaron una demanda contra la compañía de seguros del CatSalut
Multa de 30.000 euros a la empresa municipal de los CAP de Badalona por vulnerar la protección de datos de una paciente

Entrada de la Ciutat de la Justícia / JORDI COTRINA

El Juzgado de Primera Instancia número 42 de Barcelona ha estimado la demanda presentada por los cuatro hijos de una mujer que falleció el 10 de febrero de 2022 en el Hospital Municipal de Badalona por un fallo cardíaco junto edema pulmonar derivado de un proceso de insuficiencia cardíaca. En concreto, los demandantes deben recibir 134.274 euros por esta muerte.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, remarca que existe una "negligencia" médica de los equipos de atención primaria de Badalona en la atención a la paciente, que entonces tenía 75 años, por no hacerle "las pruebas diagnósticas necesarias para objetivar la insuficiencia cardiorrespiratoria y el edema pulmonar que padecía, así como por no instaurar medidas terapéuticas urgentes que podrían haber evitado su fallecimiento".
Por este fallecimiento, la compañía de seguros Sham, que tenía contratada el CatSalut en esa época, indemnizó a los cuatro hijos de la paciente con 89.516 euros como "perjudicados" por el "fallecimiento de su madre". Sin embargo, el juzgado considera que esta muerte "podría haberse evitado", ya que de las pruebas médicas y forenses aportadas al procedimiento se indica "que no se administró ni un solo tratamiento farmacológico desde la llegada de la paciente, a las 13:06 h, lo que causó el fatal fallecimiento de la paciente 1 hora y 23 minutos después".
Además, los informes clínicos señalan que la mujer presentaba un "cuadro de extrema gravedad" cuando llegó al ambulatorio de Montigalà que debió derivarse rápidamente "al hospital en una ambulancia medicalizada, que hubiera permitido aplicar las medidas de soporte y paliativas durante el transporte al hospital y que era indispensable e ineludible para mantener un soporte con oxigenoterapia continuo".
Antecedentes cardíacos
La demanda señala que la paciente, que sufría problemas cardiacos desde 2016, sufrió un aumento de su disnea habitual en febrero de 2022 y por eso acudió al ambulatorio. La enfermera la derivó urgente al médico de familia por una descompensación de la insuficiencia cardiaca y el doctor constató una saturación de oxígeno del 85%, dificultades para respirar y tonos arrítmicos en la auscultación de la frecuencia cardiaca.
Fue diagnosticada de “insuficiencia ventricular izquierda no especificada" y derivada al servicio de urgencia del Hospital Municipal de Badalona por la disnea grave. La demanda destaca que la exploración de la paciente se hizo "21 minutos después del ingreso" y "pese a su estado crítico" no se le "realizó ninguna prueba complementaria, ni una analítica, ni una radiografía de tórax, ni tampoco un electrocardiograma. Pero lo que es más grave es que no se le instauró de forma inmediata, como la gravedad del cuadro lo requería, ningún tratamiento para su insuficiencia respiratoria".
Unos 20 minutos después de entrar en el hospital se la dejó en el box de urgencias "sin hacer absolutamente nada por revertir o paliar su grave estado de salud" y media hora después la paciente entró en parada respiratoria y murió al rato pese a las maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) y la administración de medicación.
Confirma la negligencia
La compañía de seguros del CatSalut indemnizó a los hijos de la víctima por su muerte siguiendo lo establecido en la normativa de responsabilidad civil para este tipo de situaciones. Pese a esto, los afectados consideraron que existía una posible negligencia médica y por eso presentaron una demanda contra la administración sanitaria a través del abogado Roberto Toro Pujol, socio y responsable del Departamento de Responsabilidad Civil y Seguros de Toro Abogados.
El juzgado ha estimado la reclamación y ha incrementado la indemnización al tener en cuenta que fue un fallecimiento que "podría haberse evitado de haberse realizado las pertinentes pruebas diagnósticas para objetivar la insuficiencia cardiorrespiratoria y el edema pulmonar que padecía la paciente así como la instauración de las medidas terapéuticas urgentes necesarias". La decisión judicial no es firme y puede recurrirse.
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