Se pronunciará sobre el caso el Tribunal Supremo
La reclamación de un guardia urbano de Barcelona por libranzas amenaza con costar un millón anual al ayuntamiento
El denunciante reclama que le den los días libres por su jornada, de más de 10 horas, y no por ocho horas, como sucede ahora
El consistorio se opone aludiendo a agravios comparativos y estima un coste extra de un millón de euros al año
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Una patrulla de la Guardia Urbana por la Ciutadella / El Periódico

Un agente de la Guardia Urbana de Barcelona solicitó al Ayuntamiento de Barcelona, en septiembre del 2020, el reconocimiento de días adicionales de permiso por asuntos particulares que le correspondían por su antigüedad en el cuerpo. Se trata de un beneficio recogido en la disposición adicional decimotercera del texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que las administraciones pueden otorgar esos días adicionales de permiso al cumplir el trabajador determinados trienios de antigüedad. Ahora el caso ha escalado hasta el Tribunal Supremo, que a través de un auto consultado por EL PERIÓDICO ha admitido a trámite un recurso del consistorio y ha confirmado que se pronunciará sobre la controversia.
El agente en cuestión está adscrito a unidades que tienen horarios especiales, con turnos de 10, 12 o 15 horas diarias. Y entiende que el permiso adicional por antigüedad debe concederse por esas jornadas completas, es decir, que la libranza equivalga al turno de trabajo que desarrolla. Eso supone impugnar la práctica habitual del Ayuntamiento de Barcelona en relación con los agentes de la Urbana: computar los días libres como jornadas de ocho horas.
Como recoge la resolución de admisión del recurso municipal, la explicación de la representación legal del consistorio entiende que “conceder el día íntegro de 10 o 15 horas sería discriminatorio para el resto de la plantilla que trabaja en turnos ordinarios, ya que los primeros disfrutarían de un mayor número de horas de descanso anual por el mismo concepto de antigüedad”.
Del TSJC al Supremo
El policía formuló su reclamación por vía judicial, y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Barcelona desestimó su demanda en una sentencia fechada el 22 de octubre de 2021. El juzgado consideró que la fórmula de cálculo del ayuntamiento era la correcta.
Pero en octubre de 2024, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya revocó la decisión del Juzgado número 4 y estimó así un recurso de apelación del agente. Lo hizo con el argumento de que la disposición adicional decimotercera está vinculada con la antigüedad del agente y no con el régimen horario establecido, “por lo que el derecho debe concederse por días o jornadas completas independientemente de su duración en horas”.
Ante esta resolución, el Ayuntamiento de Barcelona presentó un recurso de casación que ha sido recientemente admitido a trámite por el Supremo, que es el que dirimirá la cuestión. El consistorio, en su escrito de preparación del recurso de casación, defiende su posición y alerta de los riesgos que entrañaría que el Supremo le diera la razón al policía.
Agravios comparativos y coste económico
El ayuntamiento advierte en su escrito de que, si se impone la reclamación del agente, eso permitirá que “funcionarios con jornadas largas disfruten de hasta el doble de horas de descanso real por el mismo concepto de antigüedad que aquellos con jornada ordinaria”.
En este punto es relevante otro de los argumentos de la Administración local barcelonesa: aunque algunos agentes, u otros empleados municipales, tengan horarios distintos, en un año trabajan el mismo tiempo, con posibles pequeñas variaciones: 1.519 horas. Es decir, que hay personas con turnos de 8 horas, pero también de 12, 15, o las que sean, pero que no suman más tiempo de trabajo que lo demás. Trabajan las mismas 1.519 horas pero repartidas de maneras distintas.
El consistorio sostiene que, en caso de que la decisión final obligue a compensar por más horas a los que tienen turnos más largos, eso afectará a los cerca de 3.500 agentes de la Guardia Urbana en Barcelona. Y calcula que si el policía recurrente ganase en el Supremo, eso supondrá un gasto anual añadido de un millón de euros.
Se entiende que ese dinero se tendría que abonar por la diferencia entre los días de ocho horas que computan como días de asuntos personales o de permiso y los de 10, 12 o 15 horas, si bien fuentes municipales consultadas por este diario no precisan en que se tendría que invertir la cantidad. Las mismas fuentes indican que el Ayuntamiento de Barcelona se remite a la sentencia del Tribunal Supremo para su cumplimiento.
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