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Fallo judicial por una demanda laboral

Un juez avala el despido de una exdirectiva de TMB por acosar y "hostigar" a un subordinado

La sentencia rechaza que la acción de la empresa se produjera por una represalia o una "suerte de conspiración" contra la que fuera exjefa de cumplimiento normativo y de buen gobierno

Una exjefa de TMB acusa ante la jueza a directivos de la entidad de "presiones e injerencias" por un caso de acoso laboral

La exjefa de cumplimiento normativo e TMB Carme Macías, durante una rueda de prensa.

La exjefa de cumplimiento normativo e TMB Carme Macías, durante una rueda de prensa. / Pol Solà / ACN / ACN

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J. G. Albalat

J. G. Albalat

Barcelona
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Un juez de lo Social de Barcelona ha avalado el despido por parte de Transports Metropolitans de Barcelona (TMB) de Carmen Macías, la exjefa del departamento de cumplimiento normativo ('compliance') y de buen gobierno, al considerar probado que acosó laboralmente a un responsable técnico de su equipo. La sentencia, de 152 páginas, rechaza que el cese se produjera por una represalia o a «una suerte de conspiración» contra ella. Los hechos, precisa la resolución, revisten una «gravedad suficiente como para resultar merecedores de la máxima sanción».

Esta exdirectiva solicitó en abril de 2024, antes de ser despedida, que la Oficina Antifrau de Catalunya (OAC) le otorgara protección como informante. En esta solicitud alegó que estaba sufriendo injerencias de algunos directivos de TMB en una investigación interna abierta a raíz de la denuncia de una trabajadora por una posible situación de acoso laboral. La exresponsable de compliance, a la que se le concedió esa protección —que todavía mantiene—, presentó una querella contra los responsables de TMB por estos hechos, un procedimiento que continúa abierto en los juzgados de instrucción. La sentencia sobre su despido, que se remonta a octubre de 2024, puede cambiar el rumbo de esta causa.

La resolución precisa que un empleado sufrió un «hostigamiento continuo y permanente» por parte de la exjefa de 'compliance'

El magistrado de lo Social que ha dictado la sentencia laboral delcara procedente el despido disciplinario de esta exalto cargo, al estimar acreditado que sometió a un subordinado a una situación continua de acoso laboral. Los hechos probados relatan que la exjefa de 'compliance' fue retirando funciones al empleado, que era el responsable de la unidad ténica, lo relegó a tareas administrativas inferiores a su categoría y permitió que trabajadores situados por debajo de él en el organigrama supervisaran su actividad. También dirigía contra él expresiones que varios testigos calificaron de ofensivas, humillantes y vejatorias.

Además, según el fallo judicial, lo excluía de reuniones de equipo, le enviaba instrucciones contradictorias, dificultaba el disfrute de sus descansos, contactaba con él fuera del horario laboral, le remitía correos críticos poniendo en copia a sus compañeros, le fijaba objetivos imposibles y presionaba a los nuevos empleados para que no se relacionaran con él. El trabajador sufrió problemas de ansiedad y atravesó periodos de baja laboral. Precisó tratamiento psicológico. El juez sostiene que TMB ha acreditado, mediante documentos y declaraciones de testigos, un «hostigamiento continuo y permanente» por parte de la exjefa.

Trato vejatorio

Este empleado presentó en septiembre de 2024 una denuncia a través de un canal ético gestionado por una empresa externa, encargada de investigar situaciones de acoso conforme al protocolo aprobado por TMB. La comisión de acoso admitió esta denuncia y propuso a TMB adoptar la medida cautelar de conceder a la exdirectiva un permiso retribuido para evitar posibles interferencias en las indagaciones. El investigador externo concluyó que el empleado había sufrido acoso psicológico y laboral y que había sido víctima «de un trato vejatorio y humillante durante varios años». La comisión de acoso ratificó esas conclusiones y TMB abrió un expediente disciplinario a entonces exjefa, que posteriormente fue despedida.

La jefa de compliance alegó que la actuación de TMB era una represalia por las investigaciones internas que había dirigido y por haber obtenido de la Oficina Antifrau de Catalunya el reconocimiento como informante protegida. El juez rechaza esta tesis y no aprecia relación entre el despido y su actividad como responsable del canal ético interno. Asimismo, descarta vulneraciones de los derechos a la integridad moral, al honor, a la intimidad y a la propia imagen, por lo que desestima la nulidad del despido y la indemnización por daños morales. La demanda solo prospera en relación con una reclamación económica sobre una retribución variable por objetivos de 2024, más los intereses, que asciende a 10.000 euros.

Fuentes de TMB se han mostrado satisfechas con esta sentencia. «Hemos ido con la verdad de lo que pasó y queda totalmente probado que hubo acoso y que no ha habido represalia ni ninguna conspiración», han señalado, al tiempo que han reiterado que mantienen una política de «tolerancia cero con el acoso de cualquier tipo». «Somos inflexibles y no toleraremos situaciones de acoso, sea quien sea quien las cometa y sea quien sea la víctima», han reiterado.

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