Nueva herramienta eléctrica
Barcelona aprueba la regulación de las pistolas táser para la Guardia Urbana
El reglamento establece cuándo las pueden usar los agentes y el control de estas herramientas
Junts ha votado a favor cuando hace un año rechazó la propuesta
Junts frena la aprobación del reglamento de las táser en Barcelona y su calendario queda en el aire

Imagen de una pistola táser. / SUCESOS

La Comisión de Presidencia, Seguridad y Régimen Interior del Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado inicialmente el reglamento que regula la dotación y uso de los dispositivos conductores de energía (DCE), conocidas como pistolas táser, por parte de la Guardia Urbana con los votos a favor del gobierno municipal del PSC, Junts per Barcelona y el Partido Popular. En contra votaron BComú y ERC mientras que Vox se abstuvo
De esta forma, el cuerpo policial barcelonés dispone de un marco jurídico y operativo para la utilización de esta herramienta, fija los requisitos de formación de los agentes e incorpora mecanismos específicos de control, evaluación y rendición de cuentas.
A partir de ahora se abre el período de exposición pública, antes de aprobarse definitivamente en el Consejo Plenario de la ciudad. Es la segunda vez que se tramitaba este reglamento después de que en el pleno de hace un año el voto en contra de Junts, junto con BComú y ERC frenase la propuesta.
El reglamento sigue siendo el mismo que se intentó aprobar hace un año y establece que las taser no se podrán usar con menores de 14 años, embarazadas, personas de edad avanzada y débiles de salud. El objetivo es que la Urbana las pueda usar a principios del próximo verano, una vez finalice el proceso burocrático, se compren estas pistolas y se haga un curso de formación a los agentes.
Estos dispositivos son una herramienta intermedia entre la defensa extensible y el arma de fuego, con el objetivo de disponer de un recurso adicional para hacer frente a situaciones de elevada complejidad y riesgo grave para la integridad física de las personas. Tanto los Mossos d'Esquadra como la Policía Nacional y la Guardia Civil, además de numerosas policías locales tienen estas pistolas.
Sólo pueden ser usadas en situaciones en las que exista un riesgo grave para la vida o la integridad física de agentes, terceras personas o de la propia persona implicada: como agresiones violentas, amenazas con armas u objetos peligrosos, intentos de autolisis u otras situaciones de extrema necesidad en las que sea necesario evitar un daño inminente.
El reglamento recuerda que antes de recurrir a esta herramienta, y siempre que las circunstancias lo permitan, los agentes tendrán que agotar las vías de diálogo, negociación y mediación y advertir de forma clara a la persona afectada de la posibilidad de utilizar el dispositivo si no modifica su conducta.
Limitaciones de uso
El texto prohíbe expresamente el uso de los dispositivos sobre personas inmovilizadas o esposadas bajo custodia policial en dependencias policiales y también frente a conductas de resistencia meramente pasiva. Asimismo, como norma general no podrán utilizarse sobre mujeres embarazadas, menores de 14 años, personas de edad avanzada o especialmente vulnerables por motivos de salud, salvo situaciones excepcionales en las que sea necesario evitar un mal mayor o un riesgo grave e inmediato.
La normativa también establece que las descargas deben limitarse al mínimo imprescindible para neutralizar la amenaza existente y fija una duración máxima de cinco segundos para cada activación del dispositivo.
Sólo podrán disponer de dispositivos los miembros de la Guardia Urbana que sean funcionarios de carrera, hayan superado la formación específica obligatoria y desarrollen funciones de mando u operativas determinadas.
La formación incluirá contenidos jurídicos, operativos, de seguridad y primeros auxilios, así como conocimientos sobre el uso de desfibriladores externos automáticos (DEA). También se incorpora formación específica para la intervención en situaciones relacionadas con crisis de salud mental, con la participación de instituciones sanitarias y equipos especializados, para potenciar las técnicas de desescalada y reducción de la tensión.
Transparencia
Uno de los aspectos centrales del reglamento es el refuerzo de los mecanismos de control de uso de los dispositivos. Los dispositivos eléctricos tendrán que incorporar sistemas tecnológicos que permitan registrar y verificar, entre otros datos, la hora de activación, el número de descargas efectuadas, su duración y otros parámetros técnicos relevantes.
Además, todos los usos de los dispositivos tendrán que quedar grabados. Las pistolas incorporarán sistemas de captación de imágenes y los agentes que los lleven tendrán que disponer también de dispositivos personales de grabación.
Después de cada uso, deberá activarse la asistencia sanitaria para la persona afectada, garantizar la preservación de las pruebas y documentar las circunstancias de la intervención en las diligencias policiales correspondientes.
Supervisión anual
La Guardia Urbana tendrá un organismo encargado de la supervisión y la evaluación deontológica y ética de las actuaciones policiales con estas pistolas. Anualmente, elaborarán un informe con datos sobre el número de usos, la tipología de incidentes, la presencia de armas, la existencia de posibles crisis de salud mental o consumo de sustancias, el perfil de las personas.
Este informe se pondrá a disposición del gobierno municipal, se trasladará a la Sindicatura de Greuges de Barcelona y se publicará de acuerdo con los criterios municipales de transparencia.
El reglamento prevé finalmente una evaluación específica durante el primer año de funcionamiento de los dispositivos para analizar su implantación, adecuación de los protocolos y formación impartida, así como determinar si es necesario introducir mejoras o adaptar su despliegue futuro.
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