Pleno municipal
Barcelona compra por seis millones de euros una finca de 14 pisos en la calle Diputació
El consistorio hace uso del tanteo y retracto para adquirir el inmueble, que se destinará al registro de solicitantes de vivienda
CLAVES | Los nuevos criterios que regirán el tanteo y retracto de Barcelona

El edificio de la calle de la Diputació que ha comprado el Ayuntamiento de Barcelona. / Ajuntament de Barcelona

El teniente de alcalde de Vivienda, Jordi Valls, ha anunciado este viernes en el pleno municipal de Barcelona que el ayuntamiento ha hecho uso del tanteo para comprar un edificio situado en l’Antiga Esquerra de l’Eixample. El inmueble está en la calle de la Diputació y consta de 14 viviendas.
El coste de la operación es de 6,1 millones de euros; 4,6 millones en la compra y 1,5 en el coste que se calcula que será necesario para adecuar el edificio. El ayuntamiento subraya que la suma pagada está un 21% por debajo del precio de mercado, una precisión que no sobra: Barcelona ha recibido críticas en otras adquisiciones por considerarse excesiva la cantidad abonada.
El inmueble
El inmueble comprado por el consistorio está en el número 161 de Diputació. De los 14 pisos, 13 no están habitados y en el restante existe un contrato vigente de renta antigua. Consta de planta baja, entresuelo, principal y tres plantas, con una superficie total construida de 1.339 metros cuadrados. Hay viviendas, espacios comunes y dos locales. Las 13 viviendas disponibles se destinarán a personas inscritas en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial de Barcelona.
Valls ha defendido el tanteo y retracto, la medida por la que el ayuntamiento tiene prioridad para comprar un edificio en venta, como “una política estratégica para ampliar el parque asequible”, que combate al gentrificación, la expulsión de los vecinos de sus barrios por la subida de los precios.
Nueva ordenanza
El ayuntamiento aprobó en diciembre una nueva ordenanza de tanteo y retracto, una herramienta mediante la cual Barcelona ha comprado 315 edificios desde que está en vigor. La ordenanza prevé que en los casos de compra de un edificio entero no se supere el umbral económico del precio medio de las compraventas en el barrio en el que esté una vez descontado el coste de la rehabilitación, si es necesaria.
La normativa permite al consistorio ceder el inmueble que compre a otras entidades de promoción de vivienda de iniciativa pública, vinculadas a la administración, personas físicas ocupantes legales del inmueble y a entidades promotoras privadas o sin ánimo de lucro y cooperativas de vivienda. La ordenanza prevé que la compra pueda hacerse de forma conjunta entre el ayuntamiento y una de estas entidades.
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